Avisos del Servicio de Impuestos Federales por delitos menores triplicados

por ETCO

Fuente: Valor Econômico, 04/03/2009

El Servicio de Impuestos Federales ha cerrado su cerco a los importadores y exportadores de bienes que evaden impuestos en estas operaciones, práctica tipificada como delito de apropiación indebida. El esfuerzo de las autoridades tributarias en este sentido se refleja en el aumento de las evaluaciones de la agencia en los últimos tres años en relación con el tema. En 2008, el Servicio de Impuestos realizó 15.688 evaluaciones. Este total supera tres veces el número de evaluaciones registradas en 2007, que correspondió a 5.034 y aproximadamente siete veces a las cifras de 2006, que correspondieron a 1.916 evaluaciones.
En el caso de delitos menores, presentar una reclamación significa perder o, como clasifican las autoridades tributarias, tener la “pérdida” de los bienes. Además de esta medida, el Servicio de Ingresos Federales otorga al Ministerio Público (MP) representaciones tributarias con fines delictivos, contra representantes de empresas o funcionarios responsables de la operación de importación o exportación. El MP, a su vez, puede presentar una denuncia ante los tribunales contra los responsables de la empresa. Por este delito, el Código Penal establece en su artículo 334 una pena de uno a cuatro años de prisión.

Las evaluaciones aumentaron al igual que los valores de los bienes involucrados en las operaciones. Hubo R $ 248,7 millones en bienes en 2008. Gran aumento con relación a 2007, período en el que las cuotas resultaron en R $ 175,6 millones y en 2006 en R $ 60,5 millones.

El aumento de las inspecciones se atribuye a una mayor especialización en el trabajo de los agentes de la Hacienda Federal, según afirmó el coordinador de vigilancia y represión de la agencia, Osmar Expedito Madeira Junior. Según él, el IRS comenzó a invertir desde principios de 2006 en la preparación y especialización del personal que trabaja en las regiones aduaneras. A partir de ahí, se crearon las divisiones de vigilancia y represión en cada una de las diez regiones fiscales del IRS para actuar directamente en estas actividades de inspección. “Estas personas han venido recibiendo capacitación continua, porque la misma logística que se usa para el delito de contrabando y malversación también se usa para otros delitos como el narcotráfico y las armas”, dice.

Según el IRS, el sector que más sufrió multas por delitos menores el año pasado fue el de los cigarrillos. Lo siguiente es ropa, lentes de sol, bolsos, juguetes, perfumes y zapatos, en ese orden. Otro sector que ha llamado la atención de la Hacienda Federal es el de los medicamentos, que ya ha igualado al de los medios -que incluyen CD y DVD- en volumen de avisos de apropiación indebida.

El abogado Luiz Carlos Torres, socio de Demarest & Almeida Advogados, dice que en el día a día de la oficina ha notado un aumento en el número de casos por desvío y ya asesora cuatro nuevos casos que ingresaron entre 2007 y 2008. “El IRS ha estado mejor equipado a medida que se intensifica el comercio internacional ”, dice. Según él, el hecho de que la empresa pierda toda la mercadería y que sus representantes estén en riesgo de responder a una causa penal puede representar grandes inconvenientes. Esto se debe a que el propio proceso penal ya daña la imagen del emprendedor. Además, este líder de la empresa no siempre está involucrado en las operaciones del día a día de la empresa por lo que es responsable de lo sucedido, lo que no siempre implica mala fe por parte de los involucrados.

A pesar de detectar el desvío de la mercancía, los Ingresos en la tasación establecen el monto de impuestos que no han sido pagados, en general el proceso penal no finaliza con el pago de impuestos por parte del imputado, como ocurre en otros casos de evasión fiscal. Esto se debe a que en muchos casos la Justicia ha entendido que no se trata de un delito fiscal, sino de un delito contra la administración pública, enmarcado en el Código Penal. Este entendimiento, sin embargo, no es unánime y ha ganado opositores en el Poder Judicial. Algunas decisiones del Tribunal Superior de Justicia (STJ) trajeron el entendimiento de que el delito de apropiación indebida tiene la misma naturaleza que los delitos contra el orden tributario, porque es un tipo de evasión fiscal, por lo que puede producirse un bloqueo de la acción penal con el pago del impuesto adeudado.

Entre estas decisiones, se encuentra una de diciembre del año pasado del Sexto Panel del STJ, en la que la relatora, Ministra Jane Silva, cita en su voto algunos precedentes del STJ y del Tribunal Supremo Federal (STF) que entienden que el proceso penal por desvío solo puede tener lugar después de la sentencia firme a nivel administrativo. También cita precedente en el STJ que trata la malversación como delito fiscal y abre la posibilidad de extinción del proceso con el pago total del impuesto adeudado. El ministro estuvo acompañado por la mayoría de la clase. Para el abogado Luiz Guilherme Moreira Porto, de Reale y Moreira Porto Advogados "esta posición, aunque no refleja, al menos por ahora, una posición unánime, representa un avance innegable en relación con el tema del tratamiento penal de la mala dirección". El abogado ha seguido de cerca el incremento de procesos penales de este tipo. Solo en la oficina, de la que es socio, el año pasado hubo diez nuevos casos. Mucho más que el promedio de uno o dos casos por año que venían recibiendo. Entre los que asesora, el problema ha sido más frecuente en sectores como la tecnología de la información y la electrónica e involucran desde miles de reales hasta miles de millones de reales.