El cambio de entendimiento acelera los procesos civiles en TJ RO

por ETCO

Fuente: Rondonotícia - RO - 26/08/2009

La falta de poder para el abogado ya no es un impedimento para la admisibilidad de un recurso de casación en la 2ª Sala Civil del Tribunal de Justicia de Rondônia. El cambio de entendimiento está en consonancia con las decisiones ya tomadas por el Tribunal Superior de Justicia para facilitar la regularización de la representación procesal y agilizar el proceso judicial. Con ello, se evita que, ante la no aceptación (conocimiento) del recurso de apelación en el TJ RO, se haga otro recurso ante la instancia superior, en Brasilia, que podría demorar la solución del tema en meses e incluso años.

En la primera sentencia en la que este entendimiento fue adoptado por la Sala Segunda, en su votación, el juez Roosevelt Queiroz da Costa decidió la citación del abogado para regularizar la situación dentro del plazo legal. Defensor de la corriente liberal, el magistrado ya se ha manifestado de esta forma en otras votaciones relacionadas con casos en los que no se incluyó el poder en el proceso, aunque lo ganaron compañeros de la Cámara.

Con la incorporación de este documento, hasta entonces ausente, el proceso sigue su rito legal en la Justicia del Estado. Más rapidez y menos burocracia en la resolución de las demandas planteadas al Poder Judicial son los beneficios que trae este entendimiento, que prevalece en el análisis de este tipo de acciones desde el último día 12, cuando se resolvió el caso en cuestión. "De esta manera, damos más oportunidades de acceder a la Justicia", dice.

El juez destacó que tanto la posición del STJ en relación al tema, como la prevista en el artículo 13 del Código de Procedimiento Civil (CPC), son argumentos que sustentan su posición. Además, se refuerza este entendimiento con base en lo dispuesto en los artículos 515 y 560 de la Ley 11.276 / 06, que revisa algunos puntos del CPC en cuanto a la forma de interponer recursos, la subsanación de nulidades procesales, la recepción de un recurso. apelación, entre otras cuestiones.

El entendimiento suscrito por el STJ es en el sentido de que la ausencia de poder puede ser suplida en instancias ordinarias mediante la citación del demandante para anexar el documento al proceso. Según el juez, el primer y segundo grado de la Justicia del Estado son considerados, por el STJ, como instancias ordinarias, donde existe la posibilidad y el deber jurisdiccional de brindar a los ciudadanos la oportunidad de remediar el defecto de representación. “Nuestro objetivo, con este entendimiento, es favorecer al ciudadano, cumpliendo con los requisitos legales”, enfatiza Roosevelt Queiroz.

Este entendimiento está en consonancia con el principio de aprovechamiento de los actos procesales ya practicados, aliviando el excesivo formalismo procesal a favor de la celeridad de los procedimientos para juzgar los casos civiles. ¿Como no se trata de una adicción insuperable, la mejor medida para estos casos es darle al abogado la posibilidad de regularizar el defecto de representación ”, explica. Sin embargo, el juez recuerda que en tales situaciones, la culpa por demoras es la omisión del causídico, quien al no presentar el poder, pone en riesgo la no apreciación de la demanda, en primer y segundo grado, si el juez aplica el rigor. de la ley, según el artículo 37 del CPC.

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