La reforma tributaria es inoportuna e ineficaz

por ETCO

Fuente: Jornal do Commercio Brasil - RJ, 31/03/2009

Las manifestaciones a favor de la aprobación inmediata de la Propuesta de Reforma Constitucional a la Reforma Tributaria están reapareciendo en el Congreso Nacional y en la prensa, que, sin embargo, está resultando inoportuna e ineficaz. Es inoportuno porque, poco tiempo después de su elaboración, llegó la crisis económica que, apareciendo en Estados Unidos, se extendió a Europa y otros países y llegó a Brasil, en forma de reducidas inversiones, caída de la actividad económica y desempleo. Sin duda, la crisis se ha convertido en la preocupación central del gobierno. Así, a las incertidumbres del mercado, provocadas por la crisis y que desaniman a los inversores, no se pueden sumar, en este momento, los miedos y preocupaciones que naturalmente derivan de cambios radicales en el sistema tributario. El gobierno tiene que enfocarse en estimular e invertir en infraestructura y el PAC tiene ese propósito.

La propuesta de reforma fiscal también es ineficaz. Añadiendo 381 nuevas reglas a la Constitución Federal (la Enmienda propuesta es más extensa que toda la Constitución de los Estados Unidos), la propuesta, además de extravagante, crea dos nuevos impuestos. El primero es el impuesto a las operaciones onerosas con bienes y servicios, que, de hecho, solo reemplaza algunas contribuciones (Cofins, PIS y Salário-Educação), con diferentes bases de cálculo (renta de la empresa, utilidad gravable y nómina)). La propuesta sustituye estas bases de cálculo por importaciones, producción y comercialización, además de servicios, con una tasa estimada del 13%, que sumada al impuesto ICMS (calculado, en promedio, al 18%), daría como resultado una incidencia absurda. del 31% sobre la misma base de cálculo, afectando el sistema productivo y las actividades comerciales. Aparte de eso, el nuevo impuesto, como de hecho afecta al consumidor, aumentará la regresividad del sistema, que es antisocial.

Al mismo tiempo, la Reforma crea un “Nuevo ICMS”, reemplazando la incidencia en origen por la incidencia en destino, lo cual es suficiente para arrojar a oscuras los ingresos de Estados y Municipios, en un año de crisis económica, provocando, como Es natural, y reacción de los señores gobernadores y alcaldes. Además, atribuye a la actual Confaz poderes verdaderamente legislativos y unifica, en derecho federal, la legislación de los estados y del Distrito Federal, lo que importa -no se puede negar- en pérdida de la capacidad legislativa de las asambleas estatales, provocando otras reacciones. . Aparte de eso, la reforma extingue el CSLL, pero no evita el aumento del impuesto sobre la renta, para compensar la pérdida de ingresos.

Ahora, en un año de crisis económica, una reforma fiscal no puede depender de una controvertida Enmienda Constitucional, que no reduce, sino que aumenta, tanto la carga fiscal como la burocracia fiscal. Sin embargo, puede iniciarse con dos o tres medidas provisionales. Para reducir la carga tributaria de las empresas, el gobierno podría extinguir la Contribución al PIS, que ya no está destinada a formar el patrimonio de los trabajadores, sino a financiar el seguro de desempleo y el llamado “14º salario”, así como la Contribución al salario. -Educación, que participa en el financiamiento de la educación básica, ya que dichos gastos se pueden cubrir con fondos del Presupuesto. Y para reducir la carga tributaria a las personas físicas y la regresividad del sistema, bastaría con corregir la tabla de incidencia del impuesto a la renta, que lleva más de diez años desactualizada y ha convertido incluso a los trabajadores mejor pagados en contribuyentes del IR. Sería justo reducir a la mitad las multas fiscales, especialmente las del 50%, 100% y 150% sobre el monto del impuesto adeudado, porcentajes establecidos antes de la relativa estabilidad de nuestra moneda y que dieron lugar a una enorme Deuda Activa (alrededor de R $ 1,5 mil millones).

La solución al problema de la acumulación de créditos (alrededor de R $ 15 mil millones) para actividades exportadoras no depende de la reforma constitucional. La ley ordinaria podrá autorizar la cesión a terceros de créditos relacionados con Cofins y PIS, para compensar impuestos vencidos y vencidos. En cuanto a los créditos ICMS, una cesión similar puede ser autorizada por una ley complementaria, por lo que no se justifica una “reforma tributaria” solo para implementar la llamada “Ley Kandir”.

Por otro lado, el gobierno podría reducir la burocracia del sistema tributario, haciendo definitiva la tributación en varios casos de retención, ampliando el área de tributación bajo el régimen de ganancia presunta, consolidando la legislación federal de impuestos y contribuciones y aprobando modelos definitivos. para declaraciones de IR e ITR, que se cambian cada año.

Una vez más, la Confederación Nacional del Comercio de Bienes, Servicios y Turismo se manifiesta por la inoportunidad e ineficiencia, en los términos en los que fue redactada, de la propuesta de Reforma Tributaria en curso en el Congreso Nacional y defiende la adopción inmediata de medidas para reducir la carga impositiva, la regresividad y la burocracia en nuestro sistema tributario.