SDE grande fina para 'maquillaje'
Por Isabel Sobral, Estado de S. Paulo - 27/01/2005
La Secretaría de Derecho Económico (SDE) del Ministerio de Justicia decidió ayer, en Brasilia, multar a seis grandes empresas -Unilever, Procter & Gamble, Arcor, Niasi, Oderich y Aloés- por “maquillaje” de productos. La irregularidad, observada en la reducción de las cantidades vendidas sin información clara y transparente a los consumidores, se encontró en productos que van desde pañales para bebés, acondicionadores y champús, caramelos hasta extracto de tomate.
Las multas impuestas por el Departamento de Protección y Defensa del Consumidor (DPDC) de SDE varían de R $ 177,3 mil a R $ 472,9 mil. Las compañías castigadas aún pueden apelar contra el castigo al secretario de Derecho Económico, Daniel Goldberg, dentro de un período máximo de diez días, contando desde ayer cuando la decisión fue publicada en el Boletín Oficial Federal. El proceso que resultó en esta orden data de 2001 y Las empresas deben apelar la decisión.
Arcor do Brasil, por ejemplo, dice que le sorprendió la decisión publicada ayer en el Boletín Oficial que tenía como lema la reducción del peso de los envases Drops Kid. Este proceso, explica la empresa, fue abierto por la agencia en 2002 y, desde entonces, “Arcor ha brindado toda la información solicitada en tiempo y forma para la debida comprensión y esclarecimiento del caso. La empresa informa que al comprar la marca Nestlé en el último trimestre de 2001 enfrentó problemas con un tercer proveedor, lo que la llevó a importar máquinas en un tiempo récord para abastecer el mercado. En el proceso, la compañía afirma haberse visto obligada a reducir Drops Kid's en dos gramos.
Procter & Gamble, en una nota oficial, dijo que no había sido notificado oficialmente, pero destacó tres puntos: “1) Este proceso administrativo tiene fecha de 2001; 2) La versión del producto mencionado en el proceso ya no se encuentra en el mercado; 3) En ese momento, la reducción en el número de pañales por paquete fue acompañada de una disminución promedio proporcional en el precio para que el consumidor no fuera perjudicado.
Según el director de DPDC, Ricardo Morishita, el Código de Protección al Consumidor, que subyace a las penas, es muy claro en los artículos en los que establece que es un derecho básico del consumidor tener información “ostentosa y clara” sobre el cambio realizado en un determinado producto.
"La falta de transparencia daña el derecho básico de los consumidores a elegir", dijo el director. Explicó que incluso si la empresa reduce proporcionalmente el precio de venta a la disminución de la cantidad ofrecida, existe la obligación de claridad en la divulgación de la nueva cantidad.