Sefaz guía a los productores rurales en la factura electrónica

por ETCO

Fuente: Circuito On Line - MT - ECONOMY - 22/10/2009

Los productores rurales en Mato Grosso que tuvieron ingresos de más de R $ 1,8 millones en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2009 deberán utilizar la factura electrónica (NF-e) a partir del 1 de enero de 2010. , para documentar las transacciones gravadas por el Impuesto sobre Circulación de Bienes y Prestación de Servicios (ICMS).



 
Quienes alcancen este volumen de facturación en el período de octubre a diciembre de este año también deben comenzar a emitir el NF-e a partir del 1 de abril de 2010. El documento electrónico reemplazará el modelo de factura del productor 4 y el modelo de factura 1 / 1-A, actualmente utilizado por emprendedores en el segmento de agronegocios.

El requisito también se aplicará a los productores rurales que venden bienes a otros estados en una cantidad mayor que el equivalente al 30% del valor contable total de sus operaciones, registrado en ese año calendario.

A continuación se presentan algunas pautas importantes para los productores rurales:

1) ¿Cuál es la diferencia entre Factura electrónica (NF-e) y Sistema de mecanografía de facturas salientes (recibo NFi)?

NF-e
Modelo - 55 (archivo electrónico)
Formulario de emisión: software propio o software de emisión puesto a disposición por Sefaz
Forma de funcionamiento - en la NF-e el documento válido es la información digital autorizada por Sefaz. El único documento impreso es el documento auxiliar NF-e (DANFE), en papel normal
Autenticidad - certificado digital
Legislación - Artículos 198-A a 198-B del RICMS

NFi
Modelo - 1/1 A (papel)
Forma de emisión: sistema disponible en el portal de Sefaz
Forma de Operación - En el modelo actual, la factura se emite en papel (4 copias) y posteriormente la generación del recibo, que será descargado por el comprador de la mercancía / productos o por la Agencia Tributaria
Autenticidad: contraseña obtenida del acceso web de Sefaz
Legislación - artículos 216-L a 216-V del RICMS


Nota: Los productores que adoptan el NF-e se liberan automáticamente de la emisión del NFi.

2) ¿Quién debe usar el NF-e?


Las NF-e están obligadas a los productores rurales que:
I - obtener ingresos superiores a R $ 1.800.000,00 en el período de enero a septiembre / 2009;
II - promovió bienes salientes en transacciones interestatales por un monto mayor que el equivalente al 30% del valor contable total de sus operaciones, registrado en dicho año calendario.

3) ¿Cómo obtener el Certificado Digital?


Para emitir un NF-e, es necesario adquirir un Certificado Digital Corporativo Estándar ICP Brasil (Infraestructura de clave pública). Acceda al portal www.iti.gov.br enlace
www.iti.gov.br/twiki/bin/view/Certificacao/EstruturaIcp


El productor rural individual, para usar el sistema NF-e, recibirá un CNPJF especial y simplificado del RFB. Según el calendario RFB, este CNPJF debería generarse en noviembre / 2009.

4) ¿Qué pasa con el software de emisión NF-e?


El software de emisión NF-e SP es una aplicación manual, de base local y recomendada para pequeñas y medianas empresas. Para descargar acceda al portal www.nfe.fazenda.gov.brenlace www.nfe.fazenda.gov.br/portal/emisor.aspx


Si el productor elige desarrollar su propio software, debe seguir las pautas provistas en el manual de integración disponible en la siguiente dirección:
www.nfe.fazenda.gov.br/portal/integracao.aspx

5) ¿Cómo debe hacer el productor en los casos en que no tiene acceso a Internet?


En casos excepcionales, la emisión de una factura 1 / 1A estará autorizada para documentar el envío de la mercancía. Posteriormente, dentro de los siete días, el contribuyente debe emitir el NF-e para estas operaciones.

6) ¿Y en el caso de ajustes en la operación (volumen - peso - cantidad)?


Según el Artículo 4-E del Reglamento ICMS, el destinatario que ve una diferencia en el pesaje al momento de la entrada de los bienes, puede emitir una factura para corregir los datos de la factura del remitente y debe entregar una copia para el ajuste. . El destinatario debe descargar el recibo de la factura, independientemente del ajuste.

7) Más información:


Servicio de Operación Técnica de la Aplicación / Certificación Digital
Centro de servicio (65) 3617-2340. correo electrónico: servicedesk.ti@sefaz.mt.gov.br


Cumplimiento de la legislación y los procedimientos para emitir NF-e. Impuesto (65) 3617-2900. correo electrónico: nfe@sefaz.mt.gov.br
 

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