La violación de los derechos de autor conlleva hasta cuatro años de prisión

por ETCO

Fuente: Jornal do Senado, 01/06/2009

Brasil cuenta con abundante legislación contra la piratería, comenzando por el Código Penal, reformado en sus artículos 184 y 186 mediante la Ley 10.695 / 03. La reproducción ilegal de música, videos, libros, obras de arte o programas de computadora, incluida la infracción de derechos de autor a través de Internet, puede conllevar de dos a cuatro años de prisión, además de una multa. La misma sanción se aplica a quienes ofrecen o distribuyen la obra al público sin autorización del autor o productor de la obra intelectual.

La persona cae en el delito si tiene la intención, como dice la ley, de obtener "beneficio directo o indirecto". Según la Asociación Antipiratería Cine y Música (APCM), entidad que diariamente registra los números en relación a la piratería física y virtual (internet) en todo el país, existe una sensibilidad por parte de la industria para discernir entre la persona que hace uso comercial y el usuario común, y que a veces ni siquiera conoce la situación.

- No queremos meter en la cárcel al que descarga la película. Queremos mostrar que está perjudicando a la clase artística, al gobierno, a la industria y a sí mismo - dice Tiago Aguiar, coordinador legal de APCM.

La Ley 9.609 / 98 (Ley de Software) define qué programas de computadora están incluidos en el alcance de los derechos de autor. Esto hace que esté prohibido reproducir, copiar, alquilar y utilizar copias de software sin la autorización del titular de los derechos de autor. Cualquiera que use software pirateado puede enfrentar una pena de prisión de seis meses a dos años y tener que pagar multas diarias mientras usa el software. Quienes revendan software ilegal están sujetos a una pena de prisión de uno a cuatro años y una multa de hasta 3 veces el valor del software legal.