REVISTA ETCO - EDICIÓN 27
DICIEMBRE 2021
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Proyecto de ley contra avances de deudores persistentes en el Senado

La PLS 284 está aprobada por la Comisión de Transparencia, Gobernanza, Fiscalización y Control y Protección al Consumidor y está lista para pasar a votación plenaria

por ETCO
23/11/2021

Finalmente, comenzó a caminar de nuevo. Pero no podemos establecernos hasta que se convierta en ley. No veo justificación para no aprobar un proyecto que combate una práctica tan dañina para el entorno empresarial y el país como el deudor habitual de impuestos ”.

Es en este tono, que mezcla celebración e indignación, que el presidente ejecutivo de ETCO, Edson Vismona, comenta los avances en la tramitación de la PLS 284/17 en el Senado. A fines de septiembre, el informe del senador Fabiano Contarato (Rede-ES) fue aprobado por la Comisión de Transparencia, Gobernanza, Fiscalización y Control y Defensa del Consumidor (CTFC), última fase antes de su consideración por el Pleno del Senado. Ahora depende, por tanto, de la decisión del presidente de la Cámara, Rodrigo Pacheco (DEM-MG), de colocar el proyecto en la agenda de votaciones.

En septiembre, Vismona y Contarato participaron en un debate sobre los Impactos del Deudor Permanente en la Economía del País promovido por el sitio web Poder360, junto con la exsenadora Ana Amélia Lemos, autora de PLS 284, el General Guilherme Theophilo, Director General del Instituto Combustível Legal, miembro de ETCO, y el abogado del Procurador General del Tesoro Nacional Claudio Seefelder (ver artículo en la página 9).

La lucha contra el deudor persistente de impuestos es una de las principales banderas de ETCO. Se trata de una práctica competitiva ilícita que afecta principalmente a sectores productivos con alta tributación, como combustibles, cigarrillos y bebidas. Consiste en estructurar empresas con el propósito de no pagar impuestos, incluso declaran el impuesto, pero nunca pagan, esa es la característica del default persistente.

La diferencia puede parecer sutil, pero no lo es. En Brasil, quienes venden productos clandestinamente, sin informar a las autoridades fiscales, son responsables del delito de evasión fiscal en el ámbito penal e incluso pueden ser detenidos. Sin embargo, declarar y adeudar impuestos no es un delito y las penas para los deudores se limitan al ámbito financiero. El problema es que los procesos tributarios en Brasil toman mucho tiempo, con una duración promedio cercana a los veinte años. Y los deudores persistentes aprovechan esta debilidad del sistema para ganar dinero a costa de la competencia desleal y del fisco.

Modus operandi

Actúan así: montan empresas, generalmente a nombre de “naranjas”, venden sus productos a precios inviables para quienes recaudan correctamente los impuestos, declaran este movimiento a las autoridades tributarias, pero simplemente no pagan los impuestos. Si bien los procesos de cobranza atraviesan todos los ámbitos administrativos y judiciales, los verdaderos propietarios están desviando las ganancias a otros negocios de una manera difícil de rastrear.

Cuando la empresa es finalmente condenada por los tribunales, no hay capital para saldar la deuda. Los propietarios abandonan ese negocio y montan otro para volver a hacerlo todo, en nombre de las nuevas “naranjas”. En este movimiento continuo, destruyen a los competidores honestos, ahuyentan las inversiones de empresas de renombre y se quedan con el dinero de los impuestos de los que depende el Estado para cumplir con su rol en áreas como la salud, la asistencia social, la educación y la seguridad pública.

Combatir esta práctica, tan dañina para el entorno empresarial, ha sido especialmente difícil, ya que no existe una ley nacional en el país que distinga al deudor habitual de los legítimos, que incumplan en el pago de sus impuestos en determinados períodos, pero están en condiciones e interesados ​​en resolver. la situación en el futuro. Las leyes estatales, creadas para combatir el incumplimiento constante del ICMS, suelen tener su constitucionalidad impugnada por grandes deudores, en procesos que se prolongan en los tribunales durante varios años.

Cambios apoyados por ETCO

La solución al problema comenzó a diseñarse en 2003, con la aprobación de la Enmienda Constitucional No. 42, que incluyó el artículo 146-A de la Constitución Federal, con el aporte y apoyo de ETCO. La disposición autorizó la creación de una ley complementaria que establezca “criterios especiales de tributación con el objetivo de prevenir los desequilibrios de competencia”. Desde entonces, ETCO y sus asociados vienen tratando de sensibilizar al Congreso, responsable de este tipo de iniciativas, sobre la importancia de aprobar esta ley nacional complementaria.

En 2017, la marea parecía haberse vuelto en contra de los deudores persistentes cuando la entonces senadora Ana Amélia Lemos (PP-RS) presentó el PLS 284/17 al Senado, proponiendo la regulación del artículo constitucional. El proyecto fue debatido y mejorado por la Comisión de Asuntos Económicos (CAE) de la Cámara de Representantes, que al año siguiente analizó y aprobó un reemplazo del relator, el senador Ricardo Ferraço (PSDB-ES).

Pero, en 2019, asumió el cargo una nueva legislatura, y ni la senadora Ana Amélia ni el senador Ricardo Ferraço forman parte de ella. Y el proyecto estuvo parado por más de un año, hasta que su relatoría en la Comisión de Transparencia, Gobernanza, Fiscalización y Control y Defensa del Consumidor (CTFC) fue asumida en mayo de este año por el senador Fabiano Contarato, quien agilizó su trámite.

El texto aprobado por la CTFC en septiembre tiene el mismo contenido que la propuesta aprobada por la Comisión de Asuntos Económicos en 2018. Autoriza a la Unión, los Estados y los municipios a adoptar regímenes especiales contra las empresas de los sectores de combustibles, cigarrillos y bebidas que practican “Impuesto sustancial por incumplimiento, reiterado e injustificado” de tal forma que pueda ocasionar un desequilibrio competitivo.

¿Qué dice PLS 284/17?

La PLS establece siete criterios especiales que se pueden aplicar contra deudores persistentes: mantenimiento de inspección ininterrumpida en el establecimiento; control especial de recaudación de impuestos, información económica, patrimonial y financiera; instalación obligatoria de equipos de producción, ventas y control de existencias; anticipación o postergación del evento desencadenante; concentración de la incidencia fiscal en una determinada fase del ciclo económico; adopción de una tasa específica, por unidad de medida, o ad valorem, gravada sobre el valor de la transacción o sobre el precio que alcanzaría el producto o similar en una venta en condiciones de libre competencia; y adopción de un régimen de estimación.

El proyecto preserva los derechos de defensa de todos los contribuyentes. Sin embargo, frena más rápidamente las acciones del deudor persistente al permitir la suspensión del registro de operación de la empresa que no coopera con los criterios del régimen diferenciado. Y la cancelación del registro si además adopta alguna de las siguientes conductas: ha sido creado para la práctica del fraude fiscal estructurado, incluso en beneficio de otras empresas; estar a nombre de "naranjas"; participar en una organización creada con el propósito de no recaudar impuestos o eludir los mecanismos de recaudación de deudas tributarias; produce, comercializa o almacena mercancía robada, robada, falsificada o adulterada; utilizar como insumo bienes de contrabando o malversación.

El PLS 284 ya completó las etapas de debate público y fue aprobado por dos comisiones del Senado. “Ahora le toca al presidente de la Cámara, Rodrigo Pacheco, incluirlo en la agenda de votaciones”, dice el presidente de ETCO. "Y a los senadores, digamos qué país queremos: uno en el que empresarios honestos, que paguen los impuestos que promueven el desarrollo de la nación, puedan competir por el mercado en igualdad de condiciones o por un Brasil que favorece el mal".

 

Impactos en la economía del país

El sitio web Poder360 realizó, el 15 de septiembre, el webinar Impactos del Deudor en la Economía del País. El debate se desarrolló dos semanas antes de la aprobación del informe del senador Fabiano Contarato (Rede-ES) por la Comisión de Transparencia, Gobernanza, Fiscalización. y Defensa y Control del Consumidor (CTFC). El evento contó con la presencia del senador Contarato, presidente ejecutivo de ETCO, Edson Vismona, la exsenadora Ana Amélia Lemos, autora de PLS 284, el general Guilherme Theophilo, director general del Instituto Combustível Legal, y abogado de la Fiscalía General del Tesoro Nacional. Claudio Seefelder.

Los siguientes son extractos de lo que dijeron los debatientes:

Colaboración con evasores de impuestos

Senador Fabiano Contarato (Rede-ES), relator de PLS 284 en CTFC

“Ya es hora de que el Estado dé una respuesta a ese emprendedor que efectivamente cumple honestamente y recauda todos los impuestos, para brindar un servicio de calidad y cumplir con lo que manda el Estado democrático de derecho. Porque todas las leyes deben ser cumplidas por todos para asegurar la libre competencia de manera justa y equitativa. Este proyecto de ley llega en un momento muy oportuno porque, cuando el Parlamento no da esta respuesta para frenar la conducta de este deudor persistente, está en connivencia con esta práctica.

La omisión del Estado es relevante cuando no implementa medidas que mitiguen o reduzcan esta forma delictiva de actuar de los deudores persistentes en grandes sectores, como el tabaco, las bebidas y los combustibles.

El deudor persistente existe porque el Estado es ineficiente en la fiscalización. Si el Estado es ineficiente y tenemos acciones de cobranza que se perpetúan en el sistema jurisdiccional, tiene la posibilidad y certeza de la impunidad. Ni siquiera es la sensación, es la certeza de la impunidad.

Así que usa este mecanismo criminal para obtener una ganancia inmediata y fácil, que afectará la igualdad de la libre competencia. Con esto se asegurará que el empresario honesto, que cumple con todas las reglas, con el cobro de sus impuestos, no se sostenga en el mercado ”.

Daño a la competencia y al país

Ana Amélia Lemos, exsenadora, autora de PLS 284/17

“El deudor persistente es resultado de la complejidad de nuestro sistema tributario y fiscal, que precisamente permite la práctica del delito de evasión fiscal. Provoca una competencia absolutamente desleal con esos empresarios y empresarios honestos, en áreas muy sensibles a los impuestos, como los combustibles, los cigarrillos y las bebidas alcohólicas.

El proyecto de ley intenta combatir al deudor persistente, nada que ver con ese deudor ocasional que, en algún momento de su actividad económica, ha tenido algunas dificultades. E incluso al deudor en mora, la ley otorga todas las garantías y derechos de amplia defensa. Entonces, no hay nada que discutir más sobre el alcance del debate que se llevó a cabo en el Senado Federal, en varias comisiones. El alcance de esta medida es también mejorar el entorno empresarial en nuestro país.

Un país serio no puede vivir con este grado de evasión de dinero que se necesita en las áreas de salud, educación, inclusión social.

Mi contribución fue haber recibido un argumento muy bien desarrollado por todos los actores de este mercado, incluido ETCO, que trabajó tan duro, y el Legal Combustible Institute ”.

Extrañas resistencias en el Parlamento

Edson Vismona, presidente ejecutivo de ETCO

“La causa del deudor persistente es absolutamente convergente entre los intereses de los contribuyentes y del fisco. Es extraño ver cómo se resiste a un proyecto tan convergente. Un proyecto de ley que combate a los que están estructurados para no pagar impuestos intencionalmente, perjudicando a las autoridades fiscales en miles de millones, perjudicando la competencia leal, porque logran tener una ventaja absolutamente ilícita, perjudicando al consumidor, porque detrás de una acción del deudor persistente estamos nosotros. no voy a identificar las mejores prácticas del mercado.

Es muy común identificar al deudor persistente defraudando combustible, vendiendo cigarrillos ilegales. Pero es una imagen de lo que vemos en este país: lo que es correcto, lo que representa legítimos intereses nacionales, no siempre se acepta.

Tenemos que armonizar este entendimiento, consolidar esta bandera y defender lo que es justo. Diferenciar qué es el contribuyente que puede estar atravesando una dificultad y no pagar impuestos, es vida, que está estructurado para no pagar impuestos. Crea un sistema de naranjas. Su máxima es 'debo, no niego, no pago' ”.

Vincularse con facciones criminales

Guilherme Theophilo, director general del Instituto Combustível Legal

“Normalmente, los deudores persistentes están vinculados a facciones criminales, están vinculados al mal, por lo que también participan en el desvío de oleoductos, en el fraude de bombas de gas, una serie de eventos que vienen con el deudor persistente. Porque la naturaleza de esa persona ya es mala. Ya se ha vuelto a la deshonestidad, a la falta de ética, a la falta de transparencia. Solo en 2018, según datos de FGV, tuvimos R $ 14 mil millones en evasión de impuestos en el sector de combustibles.

Es urgente la aprobación de PLS 284. Porque tenemos que estar respaldados por una ley, porque hoy lo hacemos, descubrimos el fraude, pero luego al día siguiente ya está trabajando con otro nombre, con otra persona. Estamos pensando, junto con ETCO, con el IBP (Instituto Brasileño de Petróleo y Gas), y Sindicom (Unión de Distribuidores de Combustibles y Lubricantes), integrar estos esfuerzos para apoyar un Frente Mixto Parlamentario de Combustibles. Esto es fundamental para que podamos dar a conocer esta agenda tan importante dentro del Congreso Nacional, desde uno de los sectores que más ingresos tiene para los gobiernos ”.

Separando la paja del trigo

Claudio Seefelder, abogado de PGFN

“Este PLS concreta los principios de igualdad fiscal, libre competencia, libre empresa, neutralidad fiscal y el deber fundamental de pagar impuestos. La importancia de estos instrumentos normativos radica en posibilitar un trato diferenciado y rígido al deudor persistente.

Esta regla es fundamental para que sepamos el trigo de la paja: distinguir al deudor que realmente atraviesa una situación momentánea y que busca los instrumentos de pago a plazos, transacción tributaria, reestablecer y pagar para mantenerse al día con sus impuestos, de el que tiene una práctica reiterada de evasión fiscal.

El STF ha señalado que el deudor en mora debe ser tratado de manera diferente. Las sentencias de la Corte Suprema han vuelto la tinta a este deudor persistente, a través de un intermediario, con fraude, simulación y engaño. Estoy seguro de que todos los que se toman en serio en este país buscan restaurar la legalidad.

Esta nueva regla, que dará efecto al acto practicado por el deudor persistente, será un instrumento muy valioso en la lucha diaria que tenemos desde hace mucho tiempo en la búsqueda por recuperar bienes, recursos, de esos deudores que desequilibran el mercado competitivo."

 

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