Bibliografía adicional: Evasión fiscal

  • Delitos de evasión fiscal, por Claudio Costa. Editora Revan, 2003.
    Este trabajo aborda el delito de evasión fiscal desde sus raíces más profundas. A partir de la evolución histórica del tratamiento del fraude fiscal, desde la criminalización del contrabando, que alcanzó el monopolio de la colonia en el comercio de la riqueza brasileña, hasta el advenimiento de la primera ley específica sobre el tema: la Ley N ° 4.729, del 14/07/65 , y su reemplazo por la ley vigente (Ley N ° 8.137, del 27/12/90).
  • Ejecución hipotecaria y evasión fiscal, por Orlando Fida y JB Torres de Albuquerque. Editora Rumo Jurídico, 15a edición, 2014.
    El presente trabajo estudia: Cobro de deuda activa; Sujetos de ejecución tributaria; Competencia; Petición inicial; Citar; Garantía de ejecución fiscal; Embargo; Defensa de los ejecutados - embargos; Refinamiento; Adjudicación; Concurso de preferencias fiscales; Depósitos judiciales en efectivo; Aprobación de la sentencia; Recursos y; La ley de ejecución tributaria a la luz de la nueva Constitución de 1988. El trabajo incluye modelos prácticos de ejecución tributaria, evasión fiscal y la fase judicial; además de presentar plenamente juzgada, legislación y jurisprudencia. Este trabajo acompaña al CD.
  • Evasión fiscal: legislación y jurisprudencia, por João Carlos de Menezes. Editorial de la librería, 1997.
  • Delitos de responsabilidad fiscal: actos de irregularidad administrativa por violación de la LRF, por Marino Pazzaglini Filho. Atlas Publisher, 2006.
    Este libro comenta brevemente, en términos legales, sobre la Ley de Responsabilidad Fiscal. Examina las violaciones de este estatuto desde la perspectiva de la Ley de Improbabilidad Administrativa, mostrando ejemplos de los actos de improbabilidad administrativa resultantes. Analiza, analíticamente, los delitos e infracciones administrativas relacionados con la violación de la LRF, instituida por la Ley N ° 10.028, de 19-10-2000. Para facilitar el análisis y la consulta del lector, se adjunta la legislación sobre finanzas públicas, incluidas las penales, y los textos actualizados del Decreto-Ley No. 201, de 27-2-1967, y la Ley No. 1.079, de 10- 4-1950, que tratan, respectivamente, de los delitos de responsabilidad de alcaldes y concejales (el primero) y del Presidente de la República y otras autoridades federales y estatales (el segundo), así como con las Resoluciones del Senado Federal 40/01 y 43 / 01 y sus enmiendas, que se ocupan, respectivamente, de los límites globales de la deuda pública consolidada de los Estados, el Distrito Federal y de los municipios y de los límites, prohibiciones y condiciones para la contratación de operaciones de crédito interno y externo. Para facilitar la comprensión del lector, ofrece vocabulario de términos financieros LRF. La 3ª edición, junto con una revista y actualizada hasta abril de 2006, lleva a cabo el análisis, a la luz de las normas constitucionales sobre finanzas públicas y la Ley de Responsabilidad Fiscal, de todos los delitos de responsabilidad de alcaldes capitulados en el artículo 1 del Decreto-ley No. 201/67.

La ley reduce el número de deudores regulares de ICMS en Rio Grande do Sul en un 26%


Desde 2011, el gobierno de Rio Grande do Sul ha tenido un valioso instrumento para combatir la evasión fiscal de ICMS. Es un régimen de cobro diferenciado para el llamado deudor, un tipo de contribuyente que evade el impuesto con el propósito de tener una ventaja ilegal en la competencia con otras compañías. Este régimen incluye varias medidas para impedir la evasión fiscal y ha estado obteniendo resultados importantes. En cuatro años, el número de empresas en esta situación ha caído un 26%. Además, Rio Grande do Sul pudo recuperar R $ 17 millones adeudados por estos contribuyentes. Tales resultados han llamado la atención de otros estados e inspiraron un proyecto de ley estatal contra los deudores reincidentes que cuenta con el apoyo del ETCO-Instituto Brasileño de Ética en Competencia.

La figura del deudor persistente está presente en varios segmentos, pero es más común en sectores como la distribución de combustibles, bebidas y medicamentos. En muchos casos, el pago de impuestos se retrasa tanto que, cuando el gobierno puede cobrar la deuda, el valor de la deuda excede los activos de la empresa, lo que hace que el pago sea inviable. Muchos de estos acuerdos se cierran antes de que el gobierno tome una decisión final sobre el asunto.

 

Mala fe para aumentar las ganancias

Este tipo de deudor es diferente al empresario que, por un problema momentáneo en su flujo de caja o cualquier otra eventualidad, deja de pagar el impuesto, pero tiene interés en regularizar su situación. “El deudor regular actúa de mala fe, no paga impuestos para aumentar sus márgenes de ganancia y tener ventajas indebidas sobre la competencia”, dice Mario Luis Wunderlich, subsecretario de Hacienda de Rio Grande do Sul. Separar estos dos tipos de deudores , la legislación gaucha creó un criterio para determinar quién puede ser clasificado como contumazado. Según el texto, esta categoría incluye al contribuyente que deja de cobrar el ICMS durante al menos 8 meses del último año.

Además, la legislación prevé la emisión de avisos para que el contribuyente tenga la oportunidad de regularizar su situación antes de cualquier forma de sanción. Solo después de eso se puede incluir a la empresa en el régimen diferenciado para deudores regulares. Actualmente, 55 compañías están en esta categoría en Rio Grande do Sul, y cerca de mil están en riesgo de unirse al grupo.

Quien ingrese a esta categoría debe comenzar a recopilar el ICMS al momento de emitir la nota, en lugar de hacerlo mensualmente sobre el total de las notas emitidas en ese período. Otra forma encontrada por el gobierno gaucho para presionar a los contribuyentes a no recurrir a este tipo de práctica es contar con el apoyo de los clientes de estas empresas. Para esto, el canje de créditos ICMS teóricamente pagados por compañías clasificadas como deudores permanentes solo es posible si se presenta la guía de recaudación de impuestos.

“Con esto, muchas empresas terminan haciendo negocios con quien cotiza”, dice Ricardo Pereira, quien, al momento de la implementación de la ley, se desempeñaba como subsecretario de Hacienda del Estado. Además de servir como una forma de presión, este dispositivo permite al gobierno lidiar con otro problema: al hacer créditos ICMS generados por una empresa que no paga sus impuestos, el sistema tributario estatal tiene una doble pérdida. "Además de no recibir, tuvimos que traspasar esta cantidad, lo que hizo que el impacto de la evasión fiscal fuera mucho mayor de lo que parece", dice Wunderlich.

 

DISCUSIÓN EN JUSTICIA

A pesar de sus beneficios, la ley vigente en Rio Grande do Sul ha sido impugnada. En un primer momento, el texto fue cuestionado por el Tribunal de Justicia del Estado, que estimó que no existía motivo para suspender su ejecución. Poco después, el Partido Social Liberal demandó al Tribunal Supremo Federal (STF) alegando que la ley es inconstitucional. Según grupos que cuestionan la iniciativa del gobierno gaucho, el proyecto viola el derecho a la libre iniciativa al instituir reglas que dificultan el desarrollo de las actividades comerciales de las empresas que se encuadran en el régimen diferenciado. "De hecho, lo que daña la libre empresa son las prácticas que perjudican la buena competencia", dice Wunderlich. "Esto es lo que hay que abordar". Aún no hay fecha para la sentencia en el STF.

Para reforzar la importancia de la legislación, grupos interesados ​​en el tema, como la Unión Nacional de Compañías de Distribución de Combustibles y Lubricantes (Sindicom), han estado apoyando al gobierno gaucho en la Corte Suprema, a través de un instrumento legal llamado amicus curiae, mediante el cual una entidad interesada en el proceso solicita el derecho a manifestarse en el expediente, aunque no sea una de las partes directamente involucradas en el proceso. “Detrás de los deudores serios hay organizaciones reales que practican la evasión fiscal como fuente de enriquecimiento ilícito”, dice Jorge Luiz Oliveira, director ejecutivo de Sindicom. “Contra ellos, los mecanismos tradicionales de inspección no son suficientes: se necesita un régimen diferenciado”.

A lo largo de la historia, el STF ha considerado inconstitucionales algunas iniciativas encontradas por los estados para combatir a los deudores más contundentes. Según el entendimiento de los ministros, la manera apropiada de lograr que el contribuyente pague sus impuestos sería la aplicación de impuestos. Pero admiten la imposición de obligaciones diferenciadas en casos excepcionales.

ETCO también actúa en la lucha contra la figura del deudor persistente. El instituto ha puesto en marcha una serie de iniciativas en esta dirección que se desarrollarán durante al menos los próximos dos años. Uno de ellos fue el apoyo a la elaboración de un anteproyecto de ley estatal que detalle las situaciones excepcionales para encajar a determinados contribuyentes en regímenes especiales, elaborado por la oficina de Dias de Souza Advogados Associados a partir de un análisis amplio de la jurisprudencia. El texto también describe las medidas y limitaciones apropiadas para su aplicación. El objetivo es que el documento sirva de referencia para que otros estados creen sus propias leyes contra los deudores pesados. “Sería beneficioso que las autoridades fiscales interesadas adoptaran esta ley, en beneficio del mercado y de la población en general”, dice Hugo Funaro, abogado de Dias de Souza.

 

Los ingresos endurecerán el asedio contra las órdenes del exterior

asunto de la oficina de correosEl Servicio de Rentas Federales y la Oficina de Correos están trabajando en dos sistemas, uno de las autoridades tributarias y otro del servicio postal, que se comunican entre sí, para aumentar la fiscalización de las remesas que llegan del exterior. Los cambios deben comenzar en el segundo semestre y, por el momento, la mayor parte de esta inspección se realiza por muestreo.

Incluso antes de los cambios en la inspección, el consumidor debe prestar atención a la recaudación de impuestos antes de realizar pedidos desde el extranjero. Esto se debe a que las ventajas como productos más baratos y envío gratuito pueden llegar a ser costosos, ya que la supuesta exención de impuestos para productos que cuestan hasta US $ 50 solo es válida para envíos de individuos a individuos.

Fuente: O Povo en línea (02/02)

Para acceder a la historia completa, haga clic aquí

 

Adams defiende acuerdo de clemencia para empresas acusadas en Lava Jato

Ministro del Fiscal General de la Unión - Luís Inácio Adams
Ministro de Incidencia General de la Unión - Luís Inácio Adams

El Ministro de Abogacía General de la Unión, Luís Inácio Adams, defendió este jueves que el gobierno acepta acuerdos de clemencia si son propuestos por las empresas acusadas dentro de la operación Lava Jato, que investiga un esquema de corrupción en los contratos de Petrobras.

Adams cree que el acuerdo de clemencia facilitaría la recuperación de fondos malversados ​​y la lucha contra la corrupción.

"Es una forma más eficiente que cerrar la empresa y tratar de ponerse al día (en el futuro)", dijo Adams, quien ha estado en el cargo desde fines de 2009 y es responsable de defender las posiciones del gobierno en el poder judicial.

El Ministerio Público Federal denunció - y la Corte acogió las denuncias - a 36 personas, 23 de ellas vinculadas a OEA, Camargo Corrêa, UTC Engenharia, Galvão Engenharia, Mendes Júnior y Engevix, además de pedir a las empresas que realicen un reembolso de 1,186 millones de reales. a las arcas públicas.

Existe el temor dentro del gobierno de que si estas compañías se consideran indignas de cerrar nuevos contratos con el gobierno, habrá una parálisis de las obras en el país, con graves consecuencias para el crecimiento económico y para el progreso de las obras de infraestructura, que son una prioridad para el gobierno. gobierno

Fuente: Terra.com - 8/01

Para leer la historia completa, haga clic aquí

Juez condena a 11 por evasión de impuestos y adulteración de combustibles en PB

El juez Geraldo Emílio Porto, del 7º Juzgado de lo Penal de João Pessoa, condenó a 11 personas por un plan descubierto por la Policía Federal que involucra evasión de impuestos y adulteración de combustibles en Paraíba. Tres funcionarios de impuestos estatales y algunos empresarios se encuentran entre los condenados.

Las condenas son por corrupción activa y pasiva y delitos contra el orden económico y fiscal, además de falsificar documentos. Los jueces pueden apelar la sentencia en libertad. La decisión se publicó el 27 de septiembre y absolvió a 17 acusados.

Acerca de modus operandi del esquema, el magistrado señaló que tres de los imputados, empleados de las Autoridades Tributarias del Estado, “como servidores públicos, utilizaron el cargo para cometer delitos de corrupción pasiva, recibiendo dinero para dejar de inspeccionar bienes que ingresaban al territorio del estado de Paraíba” .

Haga clic aquí y lea el artículo completo.

Fuente: G1

Lucha contra la evasión fiscal

La evasión fiscal es uno de los principales obstáculos para el desarrollo de la economía. Las medidas y herramientas para prevenir la evasión fiscal garantizarán la igualdad de condiciones para los competidores de diferentes sectores y garantizarán los recursos del gobierno para programas e inversiones sociales.

Uno de los proyectos prioritarios de ETCO es la lucha contra el deudor fiscal de Contumaz, que, a diferencia del evasor de impuestos, emite una nota y notifica a las autoridades fiscales que ha vendido sus productos, pero no recauda impuestos y utiliza esta ventaja ilícita para reducir sus precios y ganar mercado injustamente

Comprender cuál es el deudor predeterminado y qué podemos hacer para combatirlo

Bibliografía

  • Delitos de evasión fiscal, por Claudio Costa. Editora Revan, 2003.
    Este trabajo aborda el delito de evasión fiscal desde sus raíces más profundas. A partir de la evolución histórica del tratamiento del fraude fiscal, desde la criminalización del contrabando, que alcanzó el monopolio de la colonia en el comercio de la riqueza brasileña, hasta el advenimiento de la primera ley específica sobre el tema: la Ley N ° 4.729, del 14/07/65 , y su reemplazo por la ley vigente (Ley N ° 8.137, del 27/12/90).
  • Ejecución hipotecaria y evasión fiscal, por Orlando Fida y JB Torres de Albuquerque. Editora Rumo Jurídico, 15a edición, 2014.
    El presente trabajo estudia: Cobro de deuda activa; Sujetos de ejecución tributaria; Competencia; Petición inicial; Citar; Garantía de ejecución fiscal; Embargo; Defensa de los ejecutados - embargos; Refinamiento; Adjudicación; Concurso de preferencias fiscales; Depósitos judiciales en efectivo; Aprobación de la sentencia; Recursos y; La ley de ejecución tributaria a la luz de la nueva Constitución de 1988. El trabajo incluye modelos prácticos de ejecución tributaria, evasión fiscal y la fase judicial; además de presentar plenamente juzgada, legislación y jurisprudencia. Este trabajo acompaña al CD.
  • Evasión fiscal: legislación y jurisprudencia, por João Carlos de Menezes. Editorial de la librería, 1997.
  • Delitos de responsabilidad fiscal: actos de irregularidad administrativa por violación de la LRF, por Marino Pazzaglini Filho. Atlas Publisher, 2006.
    Este libro comenta brevemente, en términos legales, sobre la Ley de Responsabilidad Fiscal. Examina las violaciones de este estatuto desde la perspectiva de la Ley de Improbabilidad Administrativa, mostrando ejemplos de los actos de improbabilidad administrativa resultantes. Analiza, analíticamente, los delitos e infracciones administrativas relacionados con la violación de la LRF, instituida por la Ley N ° 10.028, de 19-10-2000. Para facilitar el análisis y la consulta del lector, se adjunta la legislación sobre finanzas públicas, incluidas las penales, y los textos actualizados del Decreto-Ley No. 201, de 27-2-1967, y la Ley No. 1.079, de 10- 4-1950, que tratan, respectivamente, de los delitos de responsabilidad de alcaldes y concejales (el primero) y del Presidente de la República y otras autoridades federales y estatales (el segundo), así como con las Resoluciones del Senado Federal 40/01 y 43 / 01 y sus enmiendas, que se ocupan, respectivamente, de los límites globales de la deuda pública consolidada de los Estados, el Distrito Federal y de los municipios y de los límites, prohibiciones y condiciones para la contratación de operaciones de crédito interno y externo. Para facilitar la comprensión del lector, ofrece vocabulario de términos financieros LRF. La 3ª edición, junto con una revista y actualizada hasta abril de 2006, lleva a cabo el análisis, a la luz de las normas constitucionales sobre finanzas públicas y la Ley de Responsabilidad Fiscal, de todos los delitos de responsabilidad de alcaldes capitulados en el artículo 1 del Decreto-ley No. 201/67.