Seminario de Valor Económico y ETCO

CABEZA DEVEDOR CONTUMAZ

El diario Valor Econômico y el ETCO-Instituto Brasileño de Ética en Competencia realizaron el 16 de noviembre, en São Paulo, el seminario O Devedor Contumaz y Ética Concorrencial. En el evento se discutirá cómo identificar y combatir a los empresarios que no pagan impuestos para vender sus productos a un precio inferior al de la competencia y aprovechar la lentitud de la justicia.

Entre los nombres invitados se encuentran el Secretario de Ingresos Federales, Jorge Rachid, el Secretario de Finanzas de São Paulo, Renato Villela, y el ex Presidente de la Corte Suprema, Nelson Jobim. El evento también contará con conferencias de Evandro Guimarães, presidente de ETCO, Helvio Rebeschini, director del Sindicato Nacional de Empresas de Distribución de Combustible (Sindicom), abogados Hugo Funaro y Luciano de Souza Godoy, especialistas en el tema, por Fernando Marcelo Mendes, presidente de la Asociación de Jueces Federales de São Paulo y Mato Grosso do Sul, y Cristiano Xavier Bayne, fiscal general adjunto para asuntos administrativos del Fiscal General de Rio Grande do Sul.

El registro es gratuito y se puede hacer en sitio web del evento

www.valor.com.br/seminarios/devedorcontumaz/inscricoes

 

STF definirá si las fábricas de cigarrillos pueden cerrarse debido al incumplimiento con los ingresos

Después de exactamente cinco años, la Corte Suprema puede reanudar este miércoles (21/10) un juicio que se opone a los fabricantes de cigarrillos y pone en práctica una ley emitida por la dictadura militar que autoriza la producción y venta de tabaco solo por las industrias. actualizado con el IRS.

Además de involucrar a pocas compañías y ser un sector altamente regulado, la discusión es multimillonaria. Según el IRS, 12 empresas cerraron debido a incumplimiento en los últimos años. Juntos, deben R $ 14,3 mil millones.

Sin embargo, la peculiaridad del sector de los cigarrillos significa que la discusión no coloca a los contribuyentes morosos y al Gobierno Federal en los polos, sino también a los fabricantes de cigarrillos en contra de sus competidores. Con una carga impositiva del 65% del precio de un paquete de cigarrillos, la falta de pago de impuestos inevitablemente genera efectos sobre el valor final del producto.

"Las distorsiones en la carga tributaria derivadas de la falta reiterada de pago de impuestos terminan causando una ventaja indebida a los evasores de impuestos, creando un desequilibrio que perjudica a otras compañías", dice Evandro Guimarães, presidente del Instituto Brasileño de Ética Competitiva (ETCO), que actúa como amicus curiae, en el juicio.

Las fábricas obligadas a cerrar sus puertas levantan la iniciativa libre, garantizada por la Constitución, y clasifican como actos de sanciones estatales que prohíben o crean obstáculos a las actividades económicas como una forma de obligar al contribuyente a pagar impuestos.

reanudación

Con base en el voto visto por el Ministro Cármen Lúcia, los ministros golpearán el martillo sobre la constitucionalidad del artículo II del artículo 2 del Decreto-Ley 1.593, 1977. La norma autoriza a los Ingresos a cancelar el registro especial del fabricante en caso de incumplimiento. impuestos o incumplimiento de obligaciones accesorias, como la presentación de declaraciones. En la práctica, la ausencia de un registro especial impide el funcionamiento de las fábricas.

El Gobierno Federal defiende la posición adoptada por el ministro retirado Joaquim Barbosa, relator de la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 3952. Al comienzo del juicio, el 21 de octubre de 2010, Barbosa dijo que la medida no solo se interpretaría como una sanción política para forzar la contribuyente para pagar impuestos si se obedecen tres parámetros: la relevancia del monto de la deuda y el debido proceso legal para que la empresa pueda apelar el castigo y también la recaudación de impuestos.

Frente a innumerables precedentes y resúmenes de la Corte Suprema 70, 323 y 547 que impiden a las autoridades fiscales restringir la actividad comercial como una forma de recaudar impuestos, la Unión no tuvo más remedio que defender la aplicación de la regla siguiendo los requisitos establecidos. En 2001, el gobierno modificó el decreto de 77 a través de la Medida Provisional 2152-35 para establecer que los fabricantes sean notificados de su situación fiscal y puedan apelar la cancelación del registro especial.

Los fiscales han tratado de demostrar a los ministros que las cantidades adeudadas al estado son sustanciales. Además, se han diferenciado casos de demoras en el cobro de situaciones de incumplimiento reiterado.

“No es cualquier situación lo que lleva al cierre. Pero esta medida debe adoptarse cuando la empresa no paga impuestos sistemáticamente y la utiliza para tener ventajas indebidas en relación con la competencia ”, afirma un abogado público, y agrega que la ponderación de la iniciativa libre con otros principios, como la salud pública, autoriza la restricción. actividad "Hay actividades económicas gratuitas y toleradas, como la fabricación y venta de cigarrillos".

Según el presidente de ETCO, más de 10 años de experiencia en el sector de los cigarrillos ha demostrado que las empresas que acumulan deudas sistemáticamente no tienen la intención de saldar sus deudas.

“Además, dificultan la inspección al negarse a mostrar sus libros de impuestos o al impedir el acceso al establecimiento, fomentando la corrupción, obteniendo beneficios al transferir los precios de sus productos y evitando así que el Estado recupere los impuestos. Estas son aquellas empresas que llamamos Deudores Contumazes ”, dice Evandro Guimarães.

anterior

En 2013, el Tribunal Supremo canceló la cancelación del registro especial al juzgar el caso del fabricante de cigarrillos más delincuente del país (RE 550.796 / RJ). Según el IRS, American Virginia Indústria Comércio Tobacco Import and Export actualmente debe más de R $ 4 mil millones a las arcas públicas, y es el noveno mayor deudor del IRS.

En la ocasión, la mayoría de los ministros siguieron el voto del relator, el ministro Joaquim Barbosa, quien reforzó su posición sobre la constitucionalidad de la revocación del registro especial, siempre que se cumplan los tres requisitos.

"En mi opinión, la comprensión de que las sanciones políticas son inconstitucionales no incluye una falta de respeto reiterada por la legislación fiscal", dijo el ministro Ricardo Lewandowski.

Los ministros Gilmar Mendes, Marco Aurélio y Celso de Mello fueron derrotados. Entendieron que cerrar la empresa sería una especie de sanción política.

"Esta es una medida desproporcionada y en conflicto directo con los principios constitucionales de la libre empresa y el debido proceso", dijo el ministro Gilmar Mendes, en la votación, y agregó que los efectos de la evasión fiscal en la competencia no justificarían la medida.

El Tribunal Supremo ha ganado dos nuevos miembros desde entonces: los ministros Roberto Barroso y Edson Fachin, que no votarán en la sentencia de ADI 3952 por haber reemplazado al relator, el ministro Joaquim Barbosa.

En vista del establecimiento de parámetros adoptados por la Corte Suprema, los expertos afirman que el Poder Judicial continuará analizando situaciones concretas si la Corte declara la cancelación del registro constitucional especial.

Guerra de requerimientos

Actualmente, 15 fabricantes están autorizados para operar. Pero dos están abiertos solo por orden judicial. Es el caso de Cia Sulamericana de Tabacos y Congo Indústria e Comércio de Cigaracos, Importación y Exportación.

El Gobierno Federal impugna los mandatos preliminares en el Tribunal Supremo Federal (STF) que autorizan el mantenimiento de las actividades de las dos compañías.

El caso de Sulamericana, por ejemplo, ya vino y se fue. En la Corte Suprema, la discusión tiene lugar en secreto de justicia (STA 752). La lucha, actualmente, está relacionada con los porcentajes de la deuda que se vencen y con la obligación suspendida, debido a cuotas o cuestionamientos de la recaudación en el ámbito administrativo y en el poder judicial.

En agosto, el Presidente de la Corte, Ministro Ricardo Lewandowski, reconsideró la decisión tomada por él tres meses antes de la expiración de una orden judicial otorgada a la compañía por la 5ta Corte Federal del Distrito Federal y mantenida por el TRF-1.

En la primera decisión, Lewandowski consideró que la continuación de la empresa sin registro supondría un riesgo para la salud pública y la economía. En el segundo, revirtió la orden de mantener abierta la empresa. El ministro aceptó los argumentos de la compañía de que solo el 15,45% de la deuda total de la compañía sería totalmente pagadera. El porcentaje corresponde a R $ 167,2 millones. Otro 84,54% tendría la responsabilidad suspendida, es decir, la compañía estaría discutiendo la recaudación o la habría dividido.

Lewandowski distinguió los casos de Sulamericana y Virginia Americana, que, según él, tenían más deudas pendientes que con el requisito suspendido. También se aplicó al caso de Sulamericana los parámetros establecidos en el caso principal, especialmente debido proceso debido a discutir las deudas tributarias. Para Lewandowski, el cierre sería desproporcionado ya que la compañía cuestiona una gran parte de las deudas.

"En funcionamiento, la compañía tendrá una mejor oportunidad de pagar sus deudas y discutir plenamente la legalidad de la constitución de los créditos fiscales", dijo.

Recurso

El Tesoro Nacional apeló la decisión, señalando un error material. Según el Tesoro, Sulamericana acumula una deuda de R $ 810,5 millones. De este monto, R $ 347,8 millones o el 47% del total se adeudaría, y no el 15,45% como lo señaló la compañía.

La abogada de Sulamericana, Vera Carla Nelson Cruz Silveira, dice que casi toda la deuda del fabricante estaba a plazos.

“Con la prohibición no fue factible pagar las cuotas y la deuda aumentó”, dice, distinguiendo los casos de Sulamericana y American Virginia.

A pesar de la decisión favorable de la Corte Suprema, Sulamericana, con sede en Duque de Caxias (RJ), no ha reanudado sus operaciones. "No sé la razón, Anvisa ha exigido cosas absurdas ... Pero estamos tomando medidas para que la decisión sea efectiva en el futuro", dijo.

El Gobierno Federal también trata de anular en el STF la protección anticipada otorgada por el TRF-1 a Congo Indústria e Comércio de Cigarros (STA 759). En la opinión enviada al presidente Ricardo Lewandowski, el Ministerio Público Federal declara que existe un riesgo de daño a los órdenes públicos y económicos con la continuidad de las actividades de la compañía.

La oficina del fiscal general defiende el derecho de cancelar el registro especial basado en la primera decisión de Lewandowski en el caso de Sulamericana y la Apelación Extraordinaria 550.769, que, según el MPF, consolidó la constitucionalidad del Decreto-Ley 1.593 / 77.

"En este caso, se demuestra que el registro especial fue rechazado precisamente por el incumplimiento sustancial, repetido e injustificado de las obligaciones fiscales por parte de la empresa interesada y por su participación y la de sus socios en la práctica de diversos delitos, entre ellos, la evasión fiscal, lavado de dinero, conspiración, falsedad ideológica y evasión de deudas ”, en su opinión, declara el procurador general de la República, Rodrigo Janot.

O Jota intentó ponerse en contacto con el abogado de la empresa, pero no lo consiguió.

 

Fuente: Portal Jota (21/10)

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Contumaz Deudor y Ética Competitiva

Contumaz Deudor y Ética Competitiva

Este mes, Valor Econômico realizará el seminario El Contumaz Deudor y la Ética de la Competencia que tiene como objetivo acercar la discusión sobre la práctica del contumaz deudor en el país, los impactos que esta figura genera en los gobiernos estatales y del país y qué se puede hacer. aumentar la seguridad jurídica y garantizar la competencia ética en la economía.

Fecha: 16 de noviembre de 2015
Hora: 8h a 13h30
Lugar: Hotel Intercontinental
Alameda Santos, 1123 - São Paulo, SP.

Uno de los proyectos en los que trabaja ETCO es el la lucha contra el deudor fiscal persistente, un tipo de empresa que practica la competencia desleal a través del impago intencionado de impuestos. Verificar.

Valor Econômico realiza seminario sobre deudor tributario recurrente

O Jornal Valor Económico El 28 de octubre, en São Paulo, el seminario O Deudor Contumaz y Livre Concorrência. El evento está patrocinado por ETCO-Instituto Brasileño de Ética en Competencia y discutirá temas como la tipificación de deudores permanentes, regímenes de inspección diferenciados, impactos en el mercado y límites a la libre competencia.

El seminario está dirigido a presidentes, directores generales, abogados, ejecutivos del departamento legal corporativo, abogados de granjas públicas, jueces federales, funcionarios judiciales y miembros de la rama judicial y legislativa.

El evento tendrá lugar en el hotel Intercontinental, de 8:30 a.m. a 13:XNUMX p.m.

El deudor fiscal persistente causa graves daños al entorno competitivo, como lo ha demostrado ETCO en este boletín.

Información sobre deudor persistente

El deudor fiscal persistente - Descubra por qué es perjudicial para el país.
Segmentos como la distribución de combustible y bebidas enfrentan una competencia desleal de compañías que no recaudan sus impuestos deliberadamente. Estos son los llamados deudores duros: reconocen la deuda, pero no pagan impuestos, contando con la lentitud de la Justicia para permanecer en el mercado durante años.

Deudor obstinado: comprenda por qué debemos combatirlo.
ETCO-Instituto Brasileño de Ética en Competencia apoya iniciativas para poner fin a esta práctica y acaba de publicar un informativo sobre o assunto.

La publicación está disponible en el sitio web o en la sede de ETCO. Más información por teléfono (11) 3078-1716 o por correo electrónico a etco@etco.org.br

 

Comprender cuál es el deudor predeterminado

ETCO desarrolla material con el objetivo de aclarar de forma clara y simplificada, cuál es el Deudor Contumaz, el daño que este tipo de deudor causa al país y cómo debemos combatirlo.

Obstinado deudor fiscal:
Descubra por qué este tipo de deudor es tan perjudicial para el país y cómo es posible combatirlo

ETCO defiende que el Poder Público puede utilizar herramientas legales para combatir al deudor tributario persistente, que causa un daño enorme a las arcas públicas, a la libre iniciativa, a la competencia leal ya la población en su conjunto. Para ello, es fundamental que exista la unión de esfuerzos del Ejecutivo, el Legislativo, el Poder Judicial y los más diversos grupos de la sociedad civil interesados ​​en el tema.

NUESTRA CONTRIBUCIÓN A LOS ESTADOS

La creación de regímenes tributarios especiales para los deudores tributarios habituales y para sectores críticos puede reducir las pérdidas que la evasión fiscal premeditada y sistemática provoca en las arcas públicas y el entorno competitivo. Sin embargo, algunos miembros de la Federación se muestran reacios a crear leyes al respecto por temor a que sean revocadas en los tribunales.

Para ayudarlos, ETCO encargó al abogado fiscal Hamilton Dias de Souza, miembro de su consejo asesor y magíster en Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo (USP), para estudiar los argumentos utilizados en los procesos y las decisiones ya tomadas. adoptada por el Tribunal Supremo Federal para este tipo de casos.

El objetivo es contribuir para que los Estados y la Unión, cuando estén interesados ​​en implementar un régimen de recaudación tributaria diferenciado, puedan elaborar sus facturas con mayor seguridad jurídica.

ETCO también promueve la sensibilización de las autoridades sobre el tema, participando en debates y eventos temáticos.

Revista: Cómo combatir al deudor fiscal exacto

 

Congreso de jueces discute combatir deudor

Ahorros, cuentas por pagar, gastos generales.

Ayude a los magistrados que juzgan los casos de evasión de impuestos a comprender el problema del deudor persistente. Este fue el objetivo de una conferencia presentada en el 2º Congreso de Fiscalidad y Empresa de Ajufesp - Asociación de Jueces Federales de São Paulo y Mato Grosso do Sul. En un auditorio lleno de jueces y jueces, y con transmisión simultánea a otras unidades de Justicia Federal, el profesor de derecho Luciano de Godoy, de la Fundación Getúlio Vargas, explicó cómo actúan los evasores de impuestos pesados.

Según él, uno de los sectores más afectados es la distribución de combustible, en el que los impuestos, especialmente el ICMS, representan del 30% al 40% del precio del producto. Godoy actúa como abogado de la Unión Sindicom-Nacional de Empresas de Distribución de Combustibles y Lubricantes.

"El deudor promedio no recauda impuestos e incluso vende combustible por debajo del costo", dijo Godoy. Al hacerlo, gana mercado rápidamente y acumula ganancias al tiempo que retrasa al máximo los procesos administrativos y judiciales de recaudación de impuestos. Cuando, años después, finalmente es condenado, las deudas ya son mucho más elevadas que el patrimonio de la empresa, lo que acaba por poner fin a sus actividades. Mientras tanto, los competidores que actúan dentro de la ley se ven perjudicados. “En el pasado, el gran problema en el sector eran los combustibles adulterados”, dijo el profesor de la FGV. "Hoy son los deudores permanentes".

Godoy hizo un balance de la situación legal relacionada con este tipo de evasión fiscal. Recordó que algunos estados, como Rio Grande do Sul, crearon regímenes especiales de inspección, que requieren el pago anticipado de impuestos e incluyen otras medidas para frenar la práctica. Pero estas leyes están siendo impugnadas en los tribunales por socavar la libre empresa.

Después de la presentación del problema, el juez federal Fernando Marcelo Mendes, presidente de Ajufesp, sugirió que el asunto sea llevado a un comité que estudie los cambios en el cobro de la deuda activa por parte de los Estados y la Unión.

Presente en el evento, el director ejecutivo de Sindicom, Jorge Luiz Oliveira, habló sobre la importancia de la conferencia. “Tomar este tipo de conocimiento ayuda a los magistrados a comprender el daño que el deudor frecuente causa al sector de los combustibles ya la sociedad”, comentó.

Sindicom y ETCO-Instituto Brasileiro de Ética Concorrencial apoyan iniciativas para combatir deudores persistentes.

 

 

La ley reduce el número de deudores regulares de ICMS en Rio Grande do Sul en un 26%


Desde 2011, el gobierno de Rio Grande do Sul ha tenido un valioso instrumento para combatir la evasión fiscal de ICMS. Es un régimen de cobro diferenciado para el llamado deudor, un tipo de contribuyente que evade el impuesto con el propósito de tener una ventaja ilegal en la competencia con otras compañías. Este régimen incluye varias medidas para impedir la evasión fiscal y ha estado obteniendo resultados importantes. En cuatro años, el número de empresas en esta situación ha caído un 26%. Además, Rio Grande do Sul pudo recuperar R $ 17 millones adeudados por estos contribuyentes. Tales resultados han llamado la atención de otros estados e inspiraron un proyecto de ley estatal contra los deudores reincidentes que cuenta con el apoyo del ETCO-Instituto Brasileño de Ética en Competencia.

La figura del deudor persistente está presente en varios segmentos, pero es más común en sectores como la distribución de combustibles, bebidas y medicamentos. En muchos casos, el pago de impuestos se retrasa tanto que, cuando el gobierno puede cobrar la deuda, el valor de la deuda excede los activos de la empresa, lo que hace que el pago sea inviable. Muchos de estos acuerdos se cierran antes de que el gobierno tome una decisión final sobre el asunto.

 

Mala fe para aumentar las ganancias

Este tipo de deudor es diferente al empresario que, por un problema momentáneo en su flujo de caja o cualquier otra eventualidad, deja de pagar el impuesto, pero tiene interés en regularizar su situación. “El deudor regular actúa de mala fe, no paga impuestos para aumentar sus márgenes de ganancia y tener ventajas indebidas sobre la competencia”, dice Mario Luis Wunderlich, subsecretario de Hacienda de Rio Grande do Sul. Separar estos dos tipos de deudores , la legislación gaucha creó un criterio para determinar quién puede ser clasificado como contumazado. Según el texto, esta categoría incluye al contribuyente que deja de cobrar el ICMS durante al menos 8 meses del último año.

Además, la legislación prevé la emisión de avisos para que el contribuyente tenga la oportunidad de regularizar su situación antes de cualquier forma de sanción. Solo después de eso se puede incluir a la empresa en el régimen diferenciado para deudores regulares. Actualmente, 55 compañías están en esta categoría en Rio Grande do Sul, y cerca de mil están en riesgo de unirse al grupo.

Quien ingrese a esta categoría debe comenzar a recopilar el ICMS al momento de emitir la nota, en lugar de hacerlo mensualmente sobre el total de las notas emitidas en ese período. Otra forma encontrada por el gobierno gaucho para presionar a los contribuyentes a no recurrir a este tipo de práctica es contar con el apoyo de los clientes de estas empresas. Para esto, el canje de créditos ICMS teóricamente pagados por compañías clasificadas como deudores permanentes solo es posible si se presenta la guía de recaudación de impuestos.

“Con esto, muchas empresas terminan haciendo negocios con quien cotiza”, dice Ricardo Pereira, quien, al momento de la implementación de la ley, se desempeñaba como subsecretario de Hacienda del Estado. Además de servir como una forma de presión, este dispositivo permite al gobierno lidiar con otro problema: al hacer créditos ICMS generados por una empresa que no paga sus impuestos, el sistema tributario estatal tiene una doble pérdida. "Además de no recibir, tuvimos que traspasar esta cantidad, lo que hizo que el impacto de la evasión fiscal fuera mucho mayor de lo que parece", dice Wunderlich.

 

DISCUSIÓN EN JUSTICIA

A pesar de sus beneficios, la ley vigente en Rio Grande do Sul ha sido impugnada. En un primer momento, el texto fue cuestionado por el Tribunal de Justicia del Estado, que estimó que no existía motivo para suspender su ejecución. Poco después, el Partido Social Liberal demandó al Tribunal Supremo Federal (STF) alegando que la ley es inconstitucional. Según grupos que cuestionan la iniciativa del gobierno gaucho, el proyecto viola el derecho a la libre iniciativa al instituir reglas que dificultan el desarrollo de las actividades comerciales de las empresas que se encuadran en el régimen diferenciado. "De hecho, lo que daña la libre empresa son las prácticas que perjudican la buena competencia", dice Wunderlich. "Esto es lo que hay que abordar". Aún no hay fecha para la sentencia en el STF.

Para reforzar la importancia de la legislación, grupos interesados ​​en el tema, como la Unión Nacional de Compañías de Distribución de Combustibles y Lubricantes (Sindicom), han estado apoyando al gobierno gaucho en la Corte Suprema, a través de un instrumento legal llamado amicus curiae, mediante el cual una entidad interesada en el proceso solicita el derecho a manifestarse en el expediente, aunque no sea una de las partes directamente involucradas en el proceso. “Detrás de los deudores serios hay organizaciones reales que practican la evasión fiscal como fuente de enriquecimiento ilícito”, dice Jorge Luiz Oliveira, director ejecutivo de Sindicom. “Contra ellos, los mecanismos tradicionales de inspección no son suficientes: se necesita un régimen diferenciado”.

A lo largo de la historia, el STF ha considerado inconstitucionales algunas iniciativas encontradas por los estados para combatir a los deudores más contundentes. Según el entendimiento de los ministros, la manera apropiada de lograr que el contribuyente pague sus impuestos sería la aplicación de impuestos. Pero admiten la imposición de obligaciones diferenciadas en casos excepcionales.

ETCO también actúa en la lucha contra la figura del deudor persistente. El instituto ha puesto en marcha una serie de iniciativas en esta dirección que se desarrollarán durante al menos los próximos dos años. Uno de ellos fue el apoyo a la elaboración de un anteproyecto de ley estatal que detalle las situaciones excepcionales para encajar a determinados contribuyentes en regímenes especiales, elaborado por la oficina de Dias de Souza Advogados Associados a partir de un análisis amplio de la jurisprudencia. El texto también describe las medidas y limitaciones apropiadas para su aplicación. El objetivo es que el documento sirva de referencia para que otros estados creen sus propias leyes contra los deudores pesados. “Sería beneficioso que las autoridades fiscales interesadas adoptaran esta ley, en beneficio del mercado y de la población en general”, dice Hugo Funaro, abogado de Dias de Souza.