El nuevo código penaliza a las empresas que practican la corrupción.

por ETCO
04/06/2012

Fuente: Valor Econômico (São Paulo) - 04/06/2012

Si el Congreso Nacional aprueba los cambios que se están discutiendo para el Código Penal, las empresas y los agentes privados tendrán más seguridad jurídica en los análisis procesales de los delitos económicos, con el detalle de los conceptos y la explicación de las conductas sujetas a clasificación penal. La propuesta de un nuevo código tiene un título específico para los delitos económicos. Contendrá capítulos que se refieren a delitos contra la orden tributaria y la Seguridad Social; contra el sistema financiero nacional; lavado de dinero; contra la propiedad intelectual e inmaterial; relacionado con la Ley de Licitación; enriquecimiento ilícito; y quiebra También se incluirán otros relacionados con los derechos humanos y el medio ambiente.

A partir de 1940, el Código Penal será completamente revisado, en base a una serie de sugerencias hechas por una comisión de juristas instituida por el Senado Federal. La intención es mejorar el texto y llenar los vacíos resultantes de los comportamientos actuales, como el uso generalizado de Internet.

“El cambio traerá más seguridad al mercado, creará un mayor sentido de responsabilidad y ética para los agentes. El anteproyecto actualiza, en el área económica, delitos que hoy están desactualizados ”, dice el consultor legislativo del Senado, Tiago Ivo Odon.

Entre las innovaciones que vendrán en el texto, se encuentra la criminalización de las personas jurídicas que practican actos de corrupción contra la administración pública y también en la esfera privada. Hoy en día, solo las personas pueden ser castigadas por delitos, con la excepción de los casos que involucran problemas ambientales. En ambos casos, existen sanciones como multas, suspensión de actividades e incluso el cierre de la empresa.

El proyecto preliminar se encuentra en la etapa final de elaboración. La última reunión del Senado de los miembros del comité está programada para el 11 de junio. Después de eso, el relator del texto, el abogado regional de la República, Luiz Carlos dos Santos Gonçalves, consolidará las sugerencias aprobadas durante las reuniones que tuvieron lugar desde finales de 2011. La expectativa del relator es que no habrá un cambio significativo en la redacción final que se dará a la diseño preliminar

No hubo preocupación por "endurecer" o "suavizar" la legislación, dice el fiscal. “La expresión correcta es hacerla proporcional, según la gravedad real o potencial de la conducta de la que se debe buscar la sanción. Son textos ya existentes, pero a menudo antiguos. La intención de la comisión era modernizarlos ”.

Otro cambio defendido por los abogados, en la legislación relacionada con los delitos fiscales y de seguridad social, es el impedimento de presentar una queja ante el Tribunal si el deudor se presenta en el tribunal y hace una especie de depósito de garantía, como garantía de que pagará la deuda en el futuro. o un acuerdo de pago de deuda. Hoy, la jurisprudencia de los tribunales superiores ya permite la exclusión penal, si el deudor instala la deuda o la resuelve antes de que se ofrezca la queja.

Para el ponente, el cambio más emblemático, sin embargo, es la inclusión de crímenes contra el sistema financiero en el texto. Lo que se propone es utilizar lo que ya está en la ley vigente en estos casos, de 1986, con reformulaciones. Él recuerda que la legislación actual que criminaliza estas conductas fue aprobada después del escándalo conocido como Coroa-Brastel. En ese momento, con el fracaso de un corredor, miles de personas resultaron heridas.

“Tenemos el fenómeno de la legislación de emergencia en Brasil. Se lleva a cabo un caso penal grave y, a la semana siguiente, aparece una ley. Suelen ser leyes que no pasan por una reflexión en profundidad. Esta es una ley que ha sido controvertida durante estos veinte años ”, dice. El nuevo código, explica el ponente, detallará diferentes sanciones por conducta de gestión fraudulenta singular (un caso), período (práctica recurrente) y gestión imprudente.

Esta última conducta se define como operaciones de crédito que representan una concentración de riesgo no permitida por las reglas del sistema financiero nacional. Si no se prevén las reglas, se caracterizarán las operaciones con riesgo en un volumen suficiente para causar el colapso de la institución en caso de incumplimiento.

Un tipo penal que se incorporará al código, dentro de las conductas de delitos contra el sistema financiero, es el uso de información privilegiada por parte de personas que laboran en bolsas de valores, con acceso a datos internos sobre las inversiones de una empresa - el llamado "insider trading". ”. Hoy este tipo de conducta ya está prevista en la Ley de Sociedades Anónimas de Brasil con pena de uno a cinco años de prisión, más una multa de hasta tres veces el monto de la ventaja ilícita obtenida como resultado del delito. Según el proyecto de texto, la pena mínima se incrementa en un año. Se mantiene la pena máxima y multa como en la legislación vigente.

Algunas sugerencias hechas por la comisión de abogados son similares a las propuestas bajo análisis de diputados y senadores. Mañana, por ejemplo, el Senado debería aprobar un conjunto de medidas para mejorar la lucha contra el lavado de dinero.

El texto final se presentará a los senadores a finales de este mes, con un voto simbólico de la comisión legal. Luego, el trabajo será enviado al presidente del Senado, José Sarney (PMDB-AP). La Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) analizará la propuesta y se unirá a todos los proyectos relacionados con el tema que el Congreso está examinando.

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