Nuevo CPC amplía recursos en materia fiscal

por ETCO

Fuente: Etco | Consultor legal | Noticias, 11 de mayo de 2010

La nueva normativa del CPC en materia de apelaciones "subsanará una injusticia" que le ocurra al contribuyente, evitando que la materia tributaria sea rechazada sin análisis por parte de la Corte Superior de Justicia y la Corte Suprema Federal. La declaración estuvo a cargo del ministro Luiz Fux, de la Corte Superior de Justicia, quien preside la comisión de juristas que elabora el anteproyecto del nuevo Código de Procedimiento Civil. Participó en el Seminario de Desequilibrio de la Competencia Tributaria y Constitución Brasileña, promovido por el Instituto Etco, en Brasilia, el lunes (10/5).

Fux entiende que la Constitución Federal invadió la Ley Tributaria. La mitad del Código Tributario Nacional se encuentra en la Constitución, lo que genera la necesaria duplicación de recursos, el especial para el STJ y el extraordinario para el STF. Para el ministro, “muchas veces esto es muy perjudicial, porque el STJ entiende que el asunto es constitucional y que no debe analizar el recurso, mientras que el STF entiende que es un asunto infraconstitucional y desconoce el recurso. Y el partido no tiene el ánimo de recibir una respuesta en la última puerta que tiene que llamar, que es la Justicia ”.

“El nuevo Código de Procedimiento Civil busca reparar esta injusticia. La regla del CPC es que si el STJ entiende que la apelación se refiere a asuntos constitucionales, el tribunal debe enviar el caso al STF. Y si la Corte Suprema entiende que el recurso se trata de un asunto infraconstitucional, debe remitirse al STJ para no inutilizar este último esfuerzo de la parte que es el recurso extraordinario ”, explicó el ministro.

Considerando que la Constitución es amplia en materia tributaria, Luiz Fux cree que el principio más importante para el sector es la máxima efectividad de las normas constitucionales. Sin embargo, asegura que siempre ha tenido “mucha dificultad para entender cómo entra en vigor un decreto (del Servicio de Rentas Federales) al día siguiente, una circular del INSS con fecha retroactiva, mientras que aún hoy la Constitución Federal tiene dificultades para imponerse”. El artículo 146-A de la Constitución Federal, instituido por EC 42/03, prevé una ley complementaria para combatir los desequilibrios competitivos, pero esto aún no ha sucedido.

El ministro recordó que Brasil es un estado democrático de derecho y uno de los pilares de la República Federativa es la libre empresa, establecida por la propia Constitución Federal (artículo 1). Para él, la libre empresa surge de la voluntad que tienen los empresarios de competir, pero no puede suceder sin obedecer la legalidad. Para él, esta es una actividad que necesita ser regulada. "La interferencia del Estado en el dominio económico es necesaria", dijo Fux, explicando que esto ocurre a través de un régimen legal diferente para distintas entidades legales. El principio de igualdad es que permite que unos sean inmunes y otros tributen, mientras que el principio de isonomía asegura que las personas en la misma situación fiscal no sean tratadas de forma diferente.

Con base en estos principios, el ministro dijo que el Estado debe actuar no solo de manera represiva, sino preventiva, para instituir impuestos a fin de evitar la competencia desleal. Fux no cree que puedan surgir leyes ordinarias que contradigan la ley complementaria prevista en el artículo 146-A, como temen algunos peritos fiscales y empresarios. Sin embargo, afirma que "sólo aquellos artículos que gravitan en la Constitución no nos bastan a nosotros, los jueces, a través de decisiones judiciales, para poder decidir si hay un desequilibrio de competencia en una causa". El ministro recordó que para juzgar una determinada causa, determinó la intervención de Cade como amicus curiae, para que pudiera ofrecer más elementos sobre el tema. "Estamos creando (en CPC) la figura del amicus curiae, que puede ayudar al magistrado en su tarea de resolver conflictos con esta complejidad", anunció.

RELACIONADO