Factura electrónica: los ingresos posponen hasta abril la nueva versión obligatoria

por ETCO
22/07/2011

Fuente: Firjan - RJ - 30/11/2010

La Secretaría de Finanzas pospuso hasta el 1 de abril de 2011, a través de la Ley COTEPE / ICMS No. 36/2010, el uso obligatorio, por parte de las empresas contribuyentes, de la versión 2.0 del programa de Factura Electrónica, llamada segunda generación (disponible en dirección www.fazenda.rj.gov.br/portal/index.portal?_nfpb=true&_pageLabel=sistemaseletronicos&file=/informacao/sistemaseletronicos/nfe/index.shtml, incluida una versión de prueba).

Entre las novedades que el programa introduce en el NF-e 2.0, destacamos el NCM obligatorio y la validación por parte del programa de varios campos que ahora son libres de completar, y sin los cuales no se puede emitir la nota. El objetivo es aumentar el control fiscal y facilitar la inspección, evitando la evasión fiscal.

Pero tenga cuidado: debe tener cuidado al instalar el nuevo programa, ya que hay informes de casos en los que todas las notas emitidas anteriormente fueron eliminadas por la nueva versión.

Consulte también la nueva versión del Manual del usuario, que enumera todas las obligaciones:

www.nfe.fazenda.gov.br/portal/docs/Manual_Integra%C3%A7%C3%A3o_Contribuinte_vers%C3%A3o_4.01-NT2009.006.pdf.

Fecha límite para la cancelación de NF-e

Otra novedad fue la publicación de la Ley COTEPE / ICMS No. 35/2010, según la cual el emisor podrá solicitar, a partir del 1 de enero de 2012, la cancelación de la NF-e, pero en un plazo no mayor a 24 horas, contados desde el momento en que se otorgó la respectiva Autorización para el Uso de la NF-e, siempre que no hubiera circulación de los bienes ni prestación de servicios y en cumplimiento de las demás normas contenidas en el Ajuste SINIEF 07/05. Este plazo también es una extensión de la nueva regla.

Obtenga más información sobre la factura electrónica

La Factura Electrónica - NFe, uno de los rubros del Sistema Público de Contabilidad Digital - SPED, es de obligado cumplimiento para casi todos los contribuyentes del ICMS y desde el 1 de octubre se requieren nuevos segmentos para emitirla. Para fin de año, se requerirá a casi todos, según las autoridades fiscales federales y estatales.

Para ver la fecha a partir de la cual la empresa está o estará sujeta a la emisión de la factura electrónicamente, es necesario ver si realiza alguna de las actividades enumeradas en el Protocolo ICMS 10 / 2007e / o si tiene códigos para la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) ) enumerados en el Protocolo ICMS 42/2009, regulado por la Resolución SEFAZ 266/2009. Vale la pena mencionar que esta factura electrónica es diferente de la que instituyen los municipios. La empresa obligada debe estar acreditada para emitir la NFe, por lo que si no está acreditada oficialmente por SEFAZ, debe solicitar la acreditación. Por otro lado, si no está obligado y ha sido acreditado por la oficina, debe solicitar la descalificación. Errores de acreditación o no pueden ocurrir debido a la actividad declarada como registrada en el Estado.

A partir del 1 de diciembre de 2010, los contribuyentes que, independientemente de su actividad económica, realicen operaciones dirigidas a: 1 - La Administración Pública, directa o indirecta, incluyendo empresa pública y sociedad de capital mixto, de cualquiera de las Facultades de Unión, Estados, Distrito Federal y Municipios; 2 - destinatario ubicado en una unidad federativa diferente, excepto si el contribuyente emisor está clasificado exclusivamente en los códigos CNAE relacionados con actividades minoristas no enumeradas en el Anexo único. Para más información, consulte el Portal de Factura Electrónica, donde se encuentran videos explicativos, manuales y preguntas y respuestas.

Si la empresa está sujeta a las normas del Estado de Río de Janeiro, debe acceder al sitio web del Departamento de Finanzas del Estado de Río de Janeiro, que trae las normas estatales sobre el tema y, en caso de dudas, envíe un correo electrónico a nfe-rj@fazenda.rj.gov.br.

Finalmente, vale la pena ver el video del V Seminario sobre Factura Electrónica, disponible en su totalidad en la página FIRJAN Empresarial TV, que contiene todas las pautas del Líder de Factura Electrónica en el Estado de Río de Janeiro, João Carlos do Nascimento Silva .

 

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