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Proyecto de ley del Senado prevé combatir deudor persistente

En el momento en que se evalúa la implementación de un nuevo Refis, para la renegociación de las deudas de las empresas, surge la discusión sobre la búsqueda de medidas compensatorias.

En ese sentido, hay una iniciativa lista para ser votada por el pleno del Senado Federal que permitirá la combatir al deudor, que desangra las arcas federales en el orden de R$ 14 mil millones al año, sólo en el mercado de combustibles. Es el PLS 284/17 que prevé, entre una serie de medidas, la distinción objetiva entre deudores: el eventual deudor e el deudor reiterado (que no se verá afectado por dicho PLS) y el deudor persistente, esto sí, hay que combatirlo, por lo tanto, se estructura intencionalmente para no pagar los impuestos adeudados.

Para tener una idea de los pasivos, también en el sector de combustibles, las deudas activas alcanzan los R$ 70 mil millones. Lo que corresponde, por ejemplo, al 8% del PIB de Minas Gerais el año pasado.

O PLS 284 / 17 lo informó el senador Fabiano Contarato (PT-ES) y fue aprobado por varias comisiones y ahora solo depende del presidente del Senado Federal, Rodrigo Pacheco (PSD-MG) avanzar y orientarse. La demora en la aprobación de este proyecto incentiva al deudor obstinado, perjudicando las arcas públicas y la sociedad en su conjunto.

Para el presidente de ETCO (Instituto Brasileño de Ética en la Competencia), Edson Vismona, que sigue el curso de la agenda en el Congreso, el gran desafío del ordenamiento jurídico brasileño es distinguir al moroso del moroso. “Contumaz no es contribuyente, es un delincuente, pues practica el fraude en el ejercicio de sus actividades. Los morosos por su parte, quieren estar al día, pero por diferentes circunstancias se ven imposibilitados de cumplir con sus obligaciones tributarias, éste merece la atención y estímulo del gobierno para su regularización, por otro lado, los morosos persistentes deben ser rechazados. ", él dice.

Contumaz contumaz: sucesión de programas perjudica al buen contribuyente

Es innegable que el contribuyente brasileño, persona jurídica o natural, se enfrenta a una verdadera maraña de leyes, decretos, actos y reglamentos normativos relacionados con los impuestos, lo que dificulta la comprensión del intrincado proceso tributario, generando un creciente descontento para los contribuyentes que desean cumplir sus obligaciones., aumentando el inseguridad jurídica lo que perjudica especialmente el entorno empresarial y la atracción de inversiones.

Estudio patrocinado por Instituto Brasileño de Ética Competitiva (ETCO), realizada por la consultora internacional EY, demuestra que estamos discutiendo en las instancias administrativas y judiciales, solo en deudas federales, 3,4 billones de reales. Cuando se suman las deudas en las esferas estatal y municipal, ¡las estimaciones apuntan a más de 5 billones de reales!

Además de esta insólita situación, que perjudica a los buenos contribuyentes y también al fisco, aún tenemos un carga tributaria más alto en comparación con países con el mismo nivel de desarrollo, lo que supone una carga para las empresas y para el conjunto de la sociedad. Pagamos mucho y tenemos un bajo rendimiento de los servicios. Una situación anacrónica.

Esta realidad incrementa la morosidad y, ante la permanente necesidad de las Autoridades Tributarias de incrementar la recaudación, estimula la institución de los Programas de Cuotas de Deuda Tributaria Federal, conocidos popularmente como Refis. No en vano desde el año 2000 hemos tenido al menos cinco de estas iniciativas en general. En promedio, cada tres años tenemos un programa con este perfil.

La sucesión de cuotas ha sido criticada por expertos en el área fiscal. Entre otros argumentos, se pueden destacar los siguientes: reducción de la recaudación tributaria, con aumento de las obligaciones tributarias; ineficacia; interrupción del sistema, estimulando el incumplimiento en anticipación a la aprobación de un nuevo plan de pagos; desalentar a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones; uso ilegítimo por parte de quienes utilizan el impago de impuestos como modelo de negocio.

Sin profundizar las críticas, el momento que vivimos, con la pandemia agotando los recursos públicos, de las empresas y de las personas, está en juego la supervivencia de toda la economía. Ante la tragedia que entra en el segundo año, la iniciativa del presidente del Senado Federal, de contar con un nuevo programa de regularización tributaria, encuentra terreno fértil, que es fácil de justificar.

Un instrumento que puede servir a ambos lados de la relación tributaria: agilizar el pago de impuestos, que es sumamente necesario para un alivio al fisco y mejorar la situación de los contribuyentes duramente golpeados por el shock causado por la tragedia del covid-19.

Sin embargo, como ya ha sucedido en otras Refis, es necesario no olvidar a quienes siempre están al acecho para aprovechar fines meritorios, para apoyar al contribuyente en dificultad, para obtener ventajas con el fin de seguir perjudicando a las autoridades tributarias y competición justa. Estos son los llamados deudores persistentes e "inteligentes" que establecen su negocio estructurándolo para que nunca paguen impuestos. No es un contribuyente que se encuentre en dificultades o que, ante una situación económica más grave, incumpla reiteradamente sus obligaciones. Es persistente, su muy alto beneficio es el resultado de evasión fiscal recurrente, erosionando la competitividad y la ética competitiva, provocando pérdidas multimillonarias a las autoridades fiscales y, por tanto, a la sociedad. Este default estructurado, solo en los sectores de combustibles y tabaco, acumula deudas activas de 100 mil millones de reales.

Es fundamental combatir esta práctica depredadora. Con este objetivo existe la proyecto de ley en el Senado Federal (PLS nº 284/2017), listo para ser votado, que define quién debe ser considerado deudor titular. Esta ley brindará mayor certeza jurídica en las relaciones tributarias, reduciendo el margen para la realización de acciones organizadas de evasión fiscal continua.

Así, en este dramático momento, la propuesta de reestructuración de las deudas tributarias no puede ser un estímulo para el comportamiento espurio de quienes aprovechan medidas legítimas para volver a involucrarse.

El legislador brasileño debe prestar atención a esta realidad y no permitir que se desvirtúe una iniciativa legítima.

Por esta razón, la reapertura de otro Programa Especial de Regularización Tributaria (Pert) no debe incluir a los deudores que hayan sido excluidos de dos o más programas de pagos a plazos de deuda tributaria.

Transacción, reforma y división del deudor: soluciones al litigio fiscal

Frente a la falta de control de Litigio fiscal brasileño, que hoy ya alcanza una magnitud equivalente al 73% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, según datos de Insper, necesariamente debe sufrir una profunda transformación en numerosos frentes del sistema tributario nacional.

En un webinar realizado por Casa Jota en asociación con Instituto Brasileño de Ética Competitiva (ETCO) este viernes (16/10), expertos y autoridades enumeraron algunas de las prioridades que pueden ayudar a reducir estas disputas.

Entre ellos se encuentra la iniciativa de la Fiscalía General del Tesoro Nacional de transacciones fiscales, que hasta agosto de este año negoció R $ 28 mil millones en deuda. Los oradores también destacaron la urgente necesidad de una reforma fiscal integral, así como de garantizar que deudor terco el eventual deudor y el contribuyente bueno y malo.

João Henrique Grognet participó en el webinar; Coordinador General de Estrategia de Recuperación de Crédito PGFN; Breno Vasconcelos, abogado e investigador de Insper; Zabetta Macarini Gorissen, presidenta ejecutiva del Grupo de Estudios Tributarios Aplicados (Getap); y Ana Amélia, exsenadora.

Fue un consenso, y no es nuevo, que el mayor y principal problema radica en la complejidad del sistema de recaudación de impuestos. “No hay país rico sin un modelo legal que garantice previsibilidad y seguridad. Es imposible. Y el litigio fiscal se genera por la imprevisibilidad. ¿Cómo hace el contribuyente y el empresario para navegar en un entorno tan difícil de predecir? ”, Dijo Breno Vasconcelos.

Según el abogado, existen algunos factores que aumentan esta inseguridad: posibilidad de retroactividad en nuevas interpretaciones, ausencia de actos que registren cuál es la interpretación formal y oficial de la nueva norma tributaria, ausencia de procesos de consulta efectivos, la duración excesiva de los procesos, que hoy en día se tarda una media de 19 años en completarse y las incertidumbres que surgen de las nuevas tecnologías. "Estos son los señalados por la OCDE como factores de inseguridad jurídica y Brasil los presume de todos", señaló Vasconcelos.

La exsenadora Ana Amélia citó como ejemplo de la complejidad en la recaudación de impuestos la realidad de un empresario brasileño, Jorge Gerdau Johannpeter, del Grupo Gerdau, que tiene una siderúrgica en Rio Grande do Sul y otra en Canadá. “En RS cuenta con 250 profesionales para el área tributaria solo para atender los cambios casi diarios. Para hacer el mismo trabajo en Canadá, solo necesita 3 personas ”.

“Esto ilustra con claridad cristalina la situación que estamos viviendo. Y el inversionista extranjero, al mirar a nuestro país, ve no solo la cuestión de la competencia, sino también esas estructuras arcaicas que tenemos ”, agregó.

Para Zabetta Gorissen, en los últimos cuatro años, Brasil ha intensificado su comprensión crítica del litigio fiscal, con un intento de reunir a los contribuyentes, el gobierno, el Congreso Nacional y el Poder Judicial. "Desafortunadamente, los litigios se han convertido en un problema multifacético que afecta demasiado a todos", dijo.

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En este sentido, el presidente de Getap mencionó el desarrollo de mecanismos para cumplimiento cooperativo, siempre enfocado a acercar a los contribuyentes al contribuyente para resolver más fácilmente los problemas que enfrentan. Zabetta también llamó la atención sobre “el gran hito” que traen las transacciones fiscales, que son un instrumento de renegociación para la extinción del crédito fiscal.

Según datos presentados por João Henrique Grognet, Coordinador General de Estrategia de Recuperación de Crédito de PGFN, la renegociación de R $ 28 mil millones en deudas alcanzó 77,4 mil cotizantes y 275 mil inscripciones agrupadas en convenios.

“Me parece que fue muy correcto, con amplias ventajas en el Tribunal Fiscal. Esta Justicia es buena en cualquier caso, pero no encontrábamos esa claridad en los programas anteriores de Refis. Después de todo, se ofrece un descuento a quienes no lo necesitan ”, dijo Grognet.

Según Zabetta, un punto que necesita mejorar en la transacción tributaria involucra el hecho de que la Ley 13.988 / 20, que instituyó el programa, estableció un límite a la transacción de litigio de pago del 50% del monto de la deuda. “Establecer este límite puede restringir levemente el apetito de la sociedad por esta modalidad. Pero, como siempre decíamos, esperemos ”.

Expectativas de reforma tributaria

El desafío de enfrentar un litigio fiscal es grande, pero a juicio de expertos y autoridades, este escenario solo cambiará realmente después de la reforma tributaria.

“Nada de esto se resolverá si solo trabajamos en litigios. Necesitamos trabajar en la fuente. El litigio es un síntoma, no un problema en sí mismo. Nace de un sistema extremadamente complejo, lleno de excepciones. Una reforma fiscal sustancial es fundamental para que Brasil salga de este escenario disfuncional y contraproducente ”, dijo el abogado Breno Vasconcelos.

En un principio, estos cambios no significan automáticamente que no surgirá una nueva disputa, ya que habrá una legislación completamente nueva en vigor. En opinión de Zabetta Gorissen, la sociedad debe prestar una “atención absurda” para que las propuestas en curso en el Congreso Nacional salgan con el mejor texto posible y eliminen la mayor cantidad de litigios posibles.

“Si hay una disputa, tenemos que volver inmediatamente al Congreso y solucionarlo. No vamos a hacer lo que hacemos hoy. Si no funciona de inmediato, hay que cambiar la legislación ”, dijo.

Deudor terco

Para la exsenadora Ana Amélia, autora del Proyecto de ley del Senado No. 284 / 2017 Para caracterizar al deudor frecuente, cuanto más complicado es el sistema fiscal de un país, más fácil es evadirlo.

“En este proyecto, estamos separando dos naturalezas del contribuyente: una que tiene como religión su deber consistentemente, deber por profesión, deber por creencia. Es una forma de evasión fiscal. Es un trampolín para la evasión fiscal ”, dijo, y agregó que la intención del PL es tratar de manera diferente a los contribuyentes que tienen comportamientos diferentes.

El exparlamentario citó que la caracterización de este tipo de deudores generó una pugna en el Congreso y, por ese vacío legislativo, entró en debate el Tribunal Supremo Federal (STF). En diciembre del año pasado, la Corte estableció una tesis con el fin de criminalizar al deudor frecuente, siempre que exista prueba de apropiación.

“El STF emitió un fallo elevando la pena por el deudor terco en prisión. En nuestro caso fue una multa, que tuvo mucho más significado educativo que el tema penal. La Corte le dio un trato mucho más duro de lo que pretendíamos en la ley ”, dijo Ana Amélia.

La cancelación del registro de las empresas de fumadores incumplidas de nuevo en la agenda del STF

 

El Tribunal Federal Supremo (STF) vuelve a discutir, este jueves (17/9), la posibilidad de cancelar el registro de empresas fumadoras por el pago no recurrente de impuestos. Este es uno de los temas más importantes entre los guiados por el nuevo presidente de la Corte, Luiz Fux, hasta fin de año.

En septiembre de 2018, el pleno de la Corte Suprema abordó el tema. Ocho ministros entendieron que la revocación del registro era constitucional, pero, en ese momento, había tres líneas de razonamiento o argumentos diferentes alineados con este punto de vista.

Ante la complejidad de la discusión en un caso que lleva 13 años pendiente ante la Corte y ya acumula ocho volúmenes, la ministra Carmen Lúcia, entonces presidenta, pospuso el anuncio del resultado. Ahora, la expectativa es que el voto de Cármen Lúcia se entienda como el medio y dé los contornos al pregón.

La acción directa de inconstitucionalidad (ADI) 3952 volvió a la agenda del Pleno el 19 de octubre de 2019 y el 12 de marzo de 2020, pero terminó sin ser proclamada. Ante los reiterados aplazamientos, la Corte comenzó a recibir solicitudes para que se concluyera próximamente la proclamación.

La demanda, presentada por el Partido Laborista Cristiano (PTC), impugna la “cancelación sumaria” por parte de la Hacienda Federal del registro especial de las empresas tabacaleras cuando hay un incumplimiento de los impuestos federales. El partido alegó que la restricción al ejercicio de la actividad económica o profesional lícita constituiría una sanción política prohibida por la Constitución, en la medida en que no admite la existencia de “instrumentos indirectos” para coaccionar o inducir al contribuyente al pago de impuestos.

En síntesis, alegó que el artículo 2 del Decreto Ley No. 1.593 / 77, modificado por la Ley 9.822 / 1999, violaría los principios constitucionales de debido proceso, amplia defensa, contradictorio, presunción de inocencia, libertad. iniciativa y proporcionalidad. Según el partido, la sanción impuesta a las empresas tabacaleras no lograría el fin deseado, que es el pago de impuestos o contribuciones.

Edson Vismona, presidente ejecutivo del Instituto Brasileño de Ética en la Competencia (ETCO), que es amicus curiae en acción, sostiene que, de hecho, el juicio político es una medida adecuada para quienes, según él, estructuran una empresa con el propósito de perjudicar a la Autoridades fiscales para lucrar. En la medida en que lo hagan, no debería haber posibilidad de recuperar el impuesto adeudado.

“Hay deudores persistentes con deudas millonarias. La acción corrosiva del deudor grave es muy clara. Y ya no puedes demorarte. Y ese es el verbo preferido del deudor. existe para retrasar, para no tener decisión, para perder y permanece libre y libre, para seguir evadiendo. La casación es importante porque evita la continuación de un delito y afecta a toda la competencia ”, enfatiza Vismona.

Deudor constitutivo es la empresa que afirma tener una deuda tributaria, pero de forma reiterada y premeditada no actúa para saldarla. Como el empresario no evade, simplemente no paga el impuesto adeudado, en teoría, no comete un delito. Pero deja atrás a la competencia, ya que el impago de impuestos impacta positivamente en el precio de los productos, que son artificialmente más baratos.

El trabajo para recuperar las cantidades adeudadas es, según Vismona, hercúleo. Y con el tiempo, tiende a volverse aún más difícil. “Es un proceso continuo para las autoridades tributarias. La casación no impide que se repita la acción, porque estos grupos abren nuevos CNPJ, tienen una estructura alrededor de eso. Pero tenemos que rodearlos, reducir el espacio que tienen ”.

La definición final de ADI 3.952 consolida un precedente importante y, a juicio de ETCO, fortalece la labor del Congreso para legislar sobre el combate a los deudores persistentes. Dos proyectos de ley en trámite en el Congreso contienen criterios para detectar y sancionar a las empresas que utilizan esta práctica: PLS 284/2017 y PL 1646/2019. El primero, por ejemplo, diferencia al deudor titular del eventual, solo una de las preocupaciones de quienes siguen el debate. Pero en el Parlamento, la discusión se detiene.

El abogado constitucionalista y profesor de la Universidad del Estado de Rio de Janeiro (Uerj) Gustavo Binenbojm trabaja en la causa por la Unión de la Industria del Tabaco en el Estado de Rio Grande do Sul (Sindifumo-RS). Según él, "la casación se da ante la especial circunstancia de que se trata de una industria que la tributación es tan alta que no basta con que las autoridades tributarias tengan a su disposición los tradicionales instrumentos de recaudación, embargo de bienes".

En estos casos, evalúa Binenbojm, lo que tenemos es la constitución de empresas que viven de la evasión fiscal y “a través de ella distorsionan el mercado porque ofrecen valores mucho más bajos que los económicamente viables para una competencia leal”.

Así, el daño comercial causado por la acción es irreversible. En este contexto, el hecho no encajaría en la jurisprudencia de la Corte Suprema de no permitir lo que se llama una sanción política. Por regla general, no se permiten efectos extrafiscales por impago de impuestos. Pero, en este caso, se entiende que el Estado no tiene otros medios para combatir la práctica.

“La ley funciona con base en la realidad. No es una abstracción filosófica. El argumento de que si cierras la empresa, ahí mismo es que no vas a poder pagar no surge con empresas que abren y cierran y crean nuevos CNPJ para practicar el mismo acto ilícito. La única forma de detener el sangrado y prevenir daños mayores es evitar que la acción continúe ”, dijo.

Binenbojm recuerda el caso en el que el Supremo arresto autorizado por deuda ICMS declarada pero no pagada. “Ahora no implica privación de libertad. Pero el derecho de la persona a participar en la actividad económica o no. Si el STF convalidó la detención, mucho más grave, por mayor motivo debe validar la revocación del registro de empresas con una intención inherentemente ilícita ”, puntualiza.

A fines de 2019, el pleno de la Corte Suprema, por siete votos contra tres, definió la tesis de que el contribuyente que deja de cobrar el ICMS practica el delito siempre que haya dolo y de manera persistente. En esa oportunidad, la Corte dictó sentencia de 163.334 RHC interpuestos por los dueños de tiendas de ropa en Santa Catarina denunciados por no cobrar ICMS entre 2008 y 2010. El voto del relator, ministro Luís Roberto Barroso, que incluyó el criterio de contumacia para la construcción del tesis propuesta - cambiando la sugerencia inicial, sin la expresión.

Cadenas de votación

El juicio comenzó en 2010 y fue suspendido tras la solicitud de opinión de Cármen Lúcia. En la ocasión, el ponente, ministro Joaquim Barbosa, votó a favor de la disposición parcial de la ADI, para dar interpretación a las disposiciones normativas impugnadas de acuerdo con la Constitución Federal, estableciendo las siguientes condiciones para que se produzca la revocación del registro de sociedades: análisis del monto de las deudas tributarias no pagado; cumplir con el debido proceso administrativo tributario en la evaluación de la exigibilidad de las obligaciones tributarias y examinar el cumplimiento del debido proceso legal para la aplicación de la sanción.

Cármen Lúcia acompañó a Barbosa. Según el ministro, esta interpretación “equipara los principios de libre iniciativa económica legal, libre competencia, conciliación con la garantía del debido proceso legal tributario y la no eludibilidad de la jurisdicción, con el deber del contribuyente de cumplir con sus obligaciones tributarias”. La ministra Rosa Weber y el ministro Celso de Mello acompañaron este mismo entendimiento.

El ministro Alexandre de Moraes defendió que la empresa debe seguir funcionando hasta que el secretario del Servicio de Ingresos Federales juzgue el recurso presentado por ella. Así, votó a favor de excluir la expresión “sin efecto suspensivo” en el párrafo 5 del artículo 2 de la norma, manteniendo el resto de la ley. Según el ministro, la norma, con los cambios introducidos por la nueva legislación (Ley 12.715 / 2012), establece las condiciones propuestas por el relator de la acción. Los ministros Ricardo Lewandowski y Gilmar Mendes siguieron la corriente abierta por Moraes.

Fux abrió una tercera línea. Afirmó que la opción del legislador debe ser obedecida y votó por el rechazo de la solicitud. “Si el legislador entendió que la medida tiene que ser severa, tiene más pericia que la nuestra para saber si un efecto suspensivo no pospone una actividad ilícita”. Además, para Fux, la medida de cancelación del registro no obstaculiza de forma permanente la actividad económica de la empresa, la cual puede establecerse siempre que se cumplan los requisitos legales. “La libertad de iniciativa cuando se ejerce de manera abusiva ya no merece la protección del sistema legal”, concluyó.

Único en votar por la total vigencia de la solicitud de la PTC, y en consecuencia contra la constitucionalidad del juicio político de los registros de la empresa, el ministro Marco Aurélio destacó que la norma impugnada obliga a la empresa obligada a pagar el impuesto, independientemente del monto adeudado, a la satisfacción de la deuda tributaria. . “El precepto no se refiere a deudor eventual, reiterado o reiterado, no hay distinción. El dispositivo atacado se contenta con llegar a este acto extremo de perder el registro, con puro y simple default ”, dijo.

Los ministros Dias Toffoli y Luís Roberto Barroso se declararon impedidos y el ministro Luiz Edson Fachin no votó por haber asumido la presidencia de Barbosa.

Deudor terco: la falta de una ley específica mantiene la práctica sin castigo

La ley brasileña no tiene una definición sobre que es un deudor persistente. Por lo tanto, la lucha contra evasores de impuestos criminales siempre choca con la capacidad de imponer sanciones a quienes adoptan la práctica de forma sistemática para obtener ventajas competitivas. Los sectores en los que hay más deudores regulares, que intencionalmente no pagan impuestos, son los combustibles, cigarrillos y bebidas, altamente regulados por el Estado.

Dos proyectos de ley en trámite en el Congreso contienen estas definiciones de la figura del deudor que es deudor: el PLS 284/2017 y la factura 1646/2019.

Para los expertos escuchados por JotaEs fundamental definir claramente qué caracteriza a un deudor persistente. “El deudor habitual se aprovecha para esconderse detrás de muchas cuestiones legales”, dice Guilherme Barranco, socio de Barranco Sociedade de Advogados y ex asesor de Carf. "Cuanto menos precisos sean los criterios, más podrá objetar ante el tribunal para decir que no es un deudor habitual".

La PLS 284/2017 define al deudor persistente como aquel que actúa en el ámbito de los ilícitos, "es un delincuente, y no un empresario, que se organiza para no pagar impuestos y así obtener una ventaja competitiva".

El presidente ejecutivo del Instituto Brasileño de Ética en la Competencia (ETCO), Edson Vismona, considera al PLS 284/2017 el mejor proyecto para combatir al deudor contumazuma. “Aporta la diferencia entre lo que es un deudor y un posible deudor y da certeza jurídica para el uso del término 'deudor'”, explica. “La seguridad jurídica es fundamental y la ley es exactamente en ese sentido. La factura está lista, pero parada, ese es el problema ”.

El dictamen más reciente, de 2018, del exsenador Ricardo Ferraço (PSDB-ES), establece medidas para combatir al deudor contumazuma a nivel federal, estatal y municipal. Como ejemplos de posibles sanciones contra los infractores, el dictamen cita: suspensión o cancelación del registro fiscal; pérdida de registro para la operación; interdicción del establecimiento; aplicación de regímenes especiales de inspección y recogida. Actualmente, el relator del proyecto es el senador Rodrigo Pacheco (DEM-MG).

“La ley es un buen paso, porque hoy el medio ambiente está sin definiciones, nublado. Y todo lo que es nebuloso en este entorno de altos impuestos, estos deudores persistentes lo utilizan para su beneficio ”, destaca Luciano Godoy, socio de LUC Advogados, árbitro y abogado especializado en litigio.

PL 1646 / 2019

Otro proyecto de ley, PL 1646/2019, que tiene una amplitud menor en relación al texto del Senado. “1646 se llama proyecto de deudor. Pero hay cuatro artículos que hablan del deudor y el resto del proyecto habla de la modernización del cobro de la deuda activa de la Unión ”, dice el abogado fiscal Guilherme Barranco.

El proyecto de ley define al deudor frecuente como “aquel cuyo desempeño traspasa los límites del incumplimiento y se ubica en el terreno de la ilegalidad, con graves perjuicios para toda la sociedad”. El texto también establece que se configurará la mora "sustancial y reiterada" de impuestos cuando se compruebe que existen deudas por un monto igual o superior a R $ 15 millones por un año, por cuenta del propio deudor o de un miembro del grupo económico o familiar. . "En el ámbito tributario, especialmente con las empresas más grandes, es muy fácil tener deudas superiores a R $ 15 millones", señala Barranco.

Supremo

El año pasado, el pleno del Tribunal Supremo Federal, por siete votos contra tres, definió la tesis de que el contribuyente que deja de cobrar el ICMS comete un delito mientras exista fraude. En esa ocasión, la Corte juzgó a la RHC 163.334 denunciados por los dueños de tiendas de ropa en Santa Catarina por no cobrar ICMS entre 2008 y 2010.

La tesis establecida fue que “el contribuyente que consecuentemente y con la intención de apropiarse deja de cobrar el ICMS cobrado al comprador de bienes o servicios está sujeto a la tipificación penal del artículo 2, inciso II de la Ley 8137/1990”. Esta ley tipifica los delitos contra el orden tributario. El citado epígrafe dice que constituye delito "no recaudar, dentro del plazo legal, el valor del impuesto o contribución social, descontado o cobrado, como sujeto pasivo de obligación y que deba recaudar las arcas públicas".

El titular del Departamento Jurídico de la Federación de Industrias del Estado de São Paulo (Fiesp), Hélcio Honda, advierte que hay que tener cuidado al definir un deudor. “La figura de la deudora terca es perniciosa, pero debe tener una definición cautelosa. Necesitas tener otro elemento además del predeterminado ”, dice. “¿Y cuál es el otro elemento? Es la figura voluntariosa de no pagar el impuesto, el deseo de dañar el mercado. La cuestión subjetiva del engaño es muy importante ”.

Cómo actúa un deudor frecuente

El deudor suele aprovechar la lentitud para ejecutar las deudas y la posibilidad de cuestionar la recaudación de impuestos para ahorrar tiempo y obtener altas tasas de rentabilidad. “La empresa se establece y ya está estructurada para no pagar impuestos, porque tendrá una ventaja competitiva ilegal, un margen de beneficio muy alto e inhibirá la competencia leal”, dice Edson Vismona, CEO de ETCO. "Es lo que pasa en los sectores más cobrados, combustibles, cigarrillos, bebidas".

El abogado Luciano Godoy también explica que estos productos son más difíciles de inspeccionar: “Ellos [los deudores habituales] van por productos que son rápidos de consumir. Cigarrillo y combustible, por ejemplo, lo usaste y no hay rastro del crimen. Nadie va a ser un deudor habitual, por ejemplo, haciendo una nevera y una televisión ”.

Con cuotas de impuestos y cuestionamiento de cobros, una empresa puede operar sin problemas hasta por cinco años. “Una discusión a plazos puede llevar tres o cuatro años. En la corte, dependerá. Hay discusiones de tesis que pueden tardar hasta cuatro o cinco años ”, dice Gustavo Amaral, socio responsable del área tributaria de Paulo Cesar Pinheiro Carneiro Advogados Associados. "Y esto no es necesariamente lineal, porque puede surgir un programa de cuotas y romper esta secuencia".

Contenido especial: La lucha contra el deudor fiscal persistente

En el sector de combustibles, la figura del deudor pesado se concentra en la venta de etanol, que tiene una tributación dividida en refino y distribución, lo que facilita el fraude.

"El comienzo de todo esto son empresas fachada, con el discurso de un buen cristiano, diciéndole a la ANP que empiezan con un capital mínimo ”, explica Carlo Faccio, director del Instituto Combustível Legal. “Paralelamente, comienzan a realizar ventas con transacciones interestatales y acumulan deudas. Excepto que hasta que la Tesorería [del Estado] identifique el impago, hay una demora de dos a tres años ".

Pasado ese período, cuando el deudor es calificado como deudor regular, los departamentos de Finanzas no pueden ejercer el derecho a cobrar a las empresas, que generalmente no tienen patrimonio y están registradas con capital mínimo.

Esto pasa mucho con los distribuidores, que dependen de poco capital para operar. “La deuda no se cobra, por lo que todo lo que la empresa dejó de cobrar con el tiempo se convierte en una ganancia en detrimento de las autoridades tributarias y de la competencia”, dice el abogado Gustavo Amaral.

Para continuar en la actividad, se abren otras empresas para hacer lo mismo, solo que con un nuevo nombre y registro. “Llega un momento en que el IRS toma medidas y suspende la actividad. Pero él [deudor contumazante] ha creado, en paralelo, otro CNPJ, y simplemente salta de una empresa que va a abandonar, pasa a otra y sigue su negocio ”, explica Edson Vismona, de ETCO.

Los efectos negativos del deudor frecuente los contrae el Estado, que gana menos, y el mercado del sector en cuestión.

“El efecto sobre la competencia es una disrupción de lo que sería la competencia natural en ese mercado”, destaca Eduardo Frade, socio de VMCA y ex superintendente de Cade. Genera un desincentivo para la entrada de nuevos competidores, además de una serie de salidas, con una mayor concentración del mercado ”, dice. "También hay un efecto de selección adversa, un efecto en el que los agentes que actúan en contra de las reglas son recompensados ​​y los que actúan de acuerdo con las reglas son castigados".

En el caso de los combustibles, el precio final de la gasolina es de hasta R $ 0,90 por litro en las estaciones que venden productos derivados de cadenas irregulares. En etanol, la variación llega hasta R $ 0,51, según un estudio de la consultora Boston Consulting Group (BCG).

Artículo publicado el 31/08/2020 en el Portal Jota, en la sesión Jota Discute, que cuenta con el apoyo de ETCO.

 

"Vamos a trabajar alrededor del pantano"

El sistema tributario brasileño necesita cambios que valoren a los buenos contribuyentes, luchen contra los deudores fiscales persistentes y corrijan problemas específicos en sectores que sufren competencia desleal de impuestos, como cigarrillos, bebidas y combustibles. Estos fueron los puntos principales defendidos por el presidente ejecutivo de ETCO, Edson Vismona, en el seminario de Impuestos en Brasil.

También recordó la participación de ETCO en la aprobación e implementación de proyectos importantes para combatir la evasión fiscal en el país y citó la implementación de sistemas de control físico para la producción de bebidas y cigarrillos, la aprobación del artículo 146-A de la Constitución, que autorizó el tratamiento de manera más dura para los contribuyentes que utilizan ventajas fiscales ilícitas contra sus competidores, y la creación del Índice de Economía Subterránea, que ha seguido la evolución de la economía informal en Brasil desde 2003.

Vismona también recordó los dos manifiestos que ETCO preparó, con propuestas sobre impuestos y seguridad pública, y que entregó personalmente a los principales candidatos en las elecciones presidenciales de 2018.

Las siguientes son algunas propuestas que defendió en su conferencia:

Evita el pantano

“En las discusiones en el grupo de impuestos ETCO, recordé la guía que Abraham Lincoln dio a sus generales en la Guerra Civil estadounidense: 'Caballeros, si se encuentran con un pantano, no entren allí, den la vuelta'. Cuando escucho los debates actuales sobre la reforma tributaria, me viene esa imagen. Esto puede ser un pantano, vamos a trabajar alrededor del pantano porque, cuando nos adentramos en esta idea de reforma, todos piensan: "reducirá la carga impositiva". ¿Pero sin reformar el estado?

“Nadie quiere perder. El Estado no quiere perder, la Unión no quiere perder, el Municipio no quiere perder, nosotros no queremos perder, empresas, sectores. Luego caminas a un juego de 'te cierro, no'. Es decir, cada uno tiene en mente una reforma fiscal. En este contexto, la idea del pantano se vuelve cada vez más clara ".

Autoridades fiscales

“Los contribuyentes queremos mantener nuestras contribuciones a las autoridades fiscales y encontramos todas las dificultades. Somos el país que pasa más tiempo para cumplir con las obligaciones fiscales. Trabajamos para el estado. Y el Estado está buscando: "Incorrecto, multa, 150% de multa y te llevaré a la Justicia Criminal". Y luego estaba esta máxima de los contribuyentes correctos: "No debería, lo niego, pero pago". Uno de nuestros asociados, ante la amenaza de presentar una denuncia penal, pagó, acudió a los tribunales y, después de unos años, ganó. Mira la carga de esto: ¡pagaste algo que no deberías haber pagado! Y tuvo que ir a la corte para discutir ".

¿Qué significa ETCO?

“Tenemos propuestas: un programa para reducir la burocracia. Ya existe un proyecto de ley complementario, se discutió en nuestro grupo tributario, con énfasis en un único registro tributario, en la simplificación de los procesos de apertura y cierre de empresas, esto ahora está sucediendo con el MP por la Libertad Económica; eliminación del requisito de un certificado negativo; compensación fiscal universal; consolidación anual de legislación; y establecer una fecha límite para las respuestas, porque la administración tributaria no tiene una fecha límite, nosotros sí ”.

“Algunos PL que estamos sugiriendo: una reforma radical del proceso tributario, ya hay dos PEC que se están discutiendo. Establecimiento de normas procesales tributarias generales, con integración entre procedimientos administrativos y judiciales. Reestructuración de los órganos de litigios administrativos tributarios. Monofasia del ICMS sobre combustible, según lo dispuesto en la Constitución ".

Detener el contrabando de cigarrillos

“Nuestro mercado se entrega al contrabandista. Hoy, el 54% está en manos del contrabando. Ha habido un aumento desproporcionado en los últimos cuatro años. El año pasado, la recaudación fue menor que la evasión fiscal. ¿Por qué es eso? En Paraguay, el impuesto sobre los cigarrillos es del 18%, en Brasil, del 70% al 90%. La diferencia de precio es la mitad. La clase de bajos ingresos solo compra productos de contrabando. El crimen organizado ya ha ocupado este espacio. Se financia con estos miles de millones que se evaden. Tenemos que tomar medidas enérgicas contra las organizaciones criminales, pero debemos analizar la demanda. La policía dice esto: no sirve de nada, solo por la represión, no cambiaremos esta situación. Nuestra propuesta es mantener la carga impositiva, pero cambiar la distribución de los impuestos: se aumenta el impuesto a las marcas premium y cada empresa crea una marca de confrontación con un impuesto más bajo para ocupar el espacio de contrabando. Es la única propuesta que creemos que es factible en este momento. Y queremos avanzar, porque de lo contrario las proyecciones ya muestran que, el próximo año, el mercado ya estará en un 60% en manos de contrabandistas, con un sesgo al alza ”.

Lucha contra deudores duros

“El deudor fiscal regular estructura el negocio para no pagar impuestos, gana dinero al no pagar impuestos, erosiona la competencia al no pagar impuestos, busca discutir en todas las instancias administrativas y judiciales, en todos los sentidos. Y transmite la imagen de que es una víctima, quiere ser confundido con un eventual deudor tributario. Utiliza esta máxima: "Debo, no niego y no pago". Cuando finalmente lleguen las autoridades fiscales, la empresa ya no existe, ya ha cerrado, es algo que simplemente se perderá. Hay miles de millones de reales en los sectores de bebidas, tabaco y combustibles. Nuestra propuesta es PLS 284/2017 que está siendo procesada en el Senado. Es la otra cara de la moneda: para el deudor medio, queremos que las autoridades tributarias cuenten con mecanismos de recaudación efectivos y que puedan utilizar estos mecanismos para evitar que los pasivos crezcan de manera absolutamente insostenible ”.

Control físico de bebidas.

“El control físico de las bebidas fue suspendido por el IRS. Hubo una gran corrupción en la operación y el gobierno decidió arrojar al niño con el agua del baño. En lugar de mantener, perfeccionar y poner fin a la corrupción, prefirieron cerrar el sistema, y ​​eso ya tiene efectos perversos en la competencia en la industria de bebidas ".

¿Por qué el Senado necesita aprobar PLS 284/17?

Brasil necesita terminar con la notoria industria de los deudores pesados. La oportunidad de lograr esta hazaña ahora está en manos de los 81 senadores del país, más precisamente en la votación del proyecto de ley del Senado 284/2017, que autoriza la creación de reglas más estrictas contra esta figura perversa que corroe el entorno empresarial y recaudación de impuestos del Estado brasileño.

Deudor obstinado es el nombre que se le da a un tipo defraudador que crea su empresa con el fin de no pagar impuestos. Utiliza esta ventaja ilícita para practicar precios por debajo del costo y ganar mercado rápidamente. Además, su estrategia consiste en utilizar trucos para prolongar al máximo los procesos judiciales, mientras desvía los beneficios hacia otras actividades, manteniendo su negocio registrado a nombre de "naranjas". Cuando el Estado finalmente gana el caso, no logra cobrar la deuda y los delincuentes inician el mismo esquema nuevamente.

Los deudores regulares operan principalmente en segmentos de altos impuestos. En el sector del combustible, sus deudas ya superan los R $ 60 mil millones; en el caso del tabaco, superan los R $ 32 mil millones; en el caso de las bebidas, R $ 4 mil millones. Solo en estas tres áreas, hay más de R $ 96 mil millones, aproximadamente el 10% del ahorro anual esperado con la reforma de las pensiones.

Su competencia desleal hace imposible que las empresas recauden sus impuestos correctamente y excluyan las inversiones. Se identificó como una de las causas de la decisión de los grandes grupos multinacionales en el sector de distribución de combustible de abandonar Brasil.

¿Y por qué ha sido tan difícil poner fin a esta plaga en el país? Básicamente, debido a que el sistema legal brasileño no diferencia al deudor de otros tipos de deudores y los maliciosos terminan aprovechando los mecanismos de protección que existen para garantizar los derechos legítimos de los deudores de buena fe.

Es importante señalar que el problema aquí no es simplemente el derecho impuesto. Toda empresa está sujeta a pasar por momentos difíciles y quedarse sin efectivo para pagar impuestos u otras deudas. A veces, puede suceder que no recaude los impuestos adecuadamente, durante un período, para ponerse al día con las deudas en el futuro. Pero ese entendimiento no se puede aplicar al deudor titular.

El Artículo 146-A de la Constitución Federal, aprobado por una enmienda constitucional en 2003, autorizó al Estado a crear regímenes especiales de fiscalidad e inspección para casos que causan desequilibrios competitivos, lo que condiciona su adopción a la aprobación de una ley complementaria específica por parte del Senado Federal. Ese es el propósito del PLS 284/2017, que ha estado en la Cámara durante dos años, fue aprobado por las Comisiones de Asuntos Económicos y Transparencia, Gobernanza, Inspección y Control y Protección del Consumidor, y está listo para ir al plenario.

El PLS hace una distinción objetiva entre los tres tipos de deudores: el deudor eventual, para quien nada cambia, el deudor reiterado, que también continuará teniendo las protecciones legales actuales siempre que no utilice la ventaja fiscal para practicar la competencia desleal, y el deudor terco, blanco de la ley.

 “Es un delincuente, y no un empresario, que se organiza para no pagar impuestos y así obtener una ventaja competitiva, entre otros. Para ello, viola sistemáticamente el ordenamiento jurídico, practicando numerosos ilícitos, comúnmente mediante el uso de naranjas, registro de domicilios y falsas parejas, poseyendo invariablemente activos insuficientes para satisfacer obligaciones tributarias, laborales, etc. ”

El objetivo de PLS 284/2017 es detener rápidamente la acción criminal de los deudores titulares. El foco está en la defensa de la ética competitiva y la legalidad, fundamentales para la inversión empresarial y el desarrollo económico. “Una vez que se determina la contumancia de la conducta, se debe reprimir, de manera rigurosa y ejemplar, mediante sanciones legales que impidan la continuación de las actividades del agente (interdicción del establecimiento, revocación de inscripción en el registro de contribuyentes), de preservación del Erárlo y el mercado, que tiene la libre competencia como uno de sus principios fundamentales, como vínculo inseparable de la libre iniciativa ”.

El proyecto enumera una serie de medidas que podrían adoptarse específicamente contra los deudores regulares, como el mantenimiento de una inspección ininterrumpida en el establecimiento; control especial sobre la recaudación de impuestos, información económica, patrimonial y financiera; la instalación obligatoria de equipos de producción, comercialización y control de existencias; entre otras.

El texto actual limita inicialmente el alcance de la ley a los sectores de combustibles, tabaco y bebidas, que son los más afectados por la competencia desleal de los deudores regulares, y cuenta con el apoyo del Instituto Brasileño de Ética en Competencia (ETCO) y las principales entidades representativas de estos segmentos

El tema es urgente. Brasil ya no puede permitir que agentes económicos deshonestos continúen destruyendo el entorno empresarial. Las ganancias a través de la práctica ilícita perjudican a todos los brasileños que dependen de los servicios públicos financiados con impuestos. La solución está en el Senado Federal.

Los programas de cumplimiento pueden aumentar la competencia en sectores muy gravados

Los combustibles, los cigarrillos y las bebidas se encuentran entre las áreas más afectadas por los grandes deudores.

Los programas de cumplimiento tributario desarrollados por el gobierno para endurecer la aplicación contra los contribuyentes con mayor riesgo de evasión fiscal afectan principalmente a los sectores económicos que sufren una mayor incidencia de impuestos. Las entidades señalan que en los sectores de combustibles, cigarrillos y bebidas, por ejemplo, hay empresas que no pagan impuestos como estrategia empresarial para bajar artificialmente los precios y competir injustamente por la preferencia del consumidor. Además de los beneficios fiscales, concentrar la ejecución en los deudores establecidos también mejoraría la competencia en el mercado.

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